

El próximo lunes 29 de septiembre, supermercados, mayoristas y shoppings de todo el país cerrarán sus puertas durante 24 horas. Se trata del Día del Empleado de Comercio, una jornada no laborable que tiene carácter de feriado nacional para quienes se desempeñan en el sector.
Aunque la fecha original es el 26 de septiembre, este año se trasladó al lunes siguiente por acuerdo entre la FAECYS y las cámaras empresarias, con el objetivo de facilitar la organización del sector y generar un fin de semana largo.
¿Por qué se cierran los comercios y supermercados?
La medida responde a lo establecido por la Ley 26.541, que reconoce los derechos laborales del sector comercial. Aunque la fecha original es el 26 de septiembre, este año se trasladó al lunes 29 con el objetivo de facilitar la organización interna del sector.

Durante esta jornada especial, los empleados comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75 tienen derecho a no trabajar sin perder salario, o a cobrar el doble si deciden hacerlo.
¿Qué comercios cierran y cuáles podrían abrir?
La medida afecta principalmente a los grandes establecimientos, como:
- Supermercados
- Cadenas mayoristas
- Shoppings y centros comerciales
Sin embargo, los pequeños negocios de barrio, atendidos por sus dueños o familiares, pueden decidir abrir. No están obligados a cerrar, por lo que algunos podrían operar con normalidad.

Este detalle es clave para quienes necesiten hacer compras ese día. La recomendación es planificarlas con anticipación o recurrir a comercios de cercanía que permanezcan abiertos.
Día del Empleado de Comercio: ¿qué implica para los trabajadores?
La jornada del 29 de septiembre se considera feriado nacional a todos los efectos legales. Esto significa que:
- No se descuenta del salario si el trabajador decide no asistir
- No se exige justificar la ausencia
- No se otorga franco compensatorio si se trabaja
- Se paga doble a quienes presten servicios ese día
La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) aclaró que los empleadores deben consensuar con sus trabajadores la modalidad de aplicación de la jornada, respetando lo establecido en el convenio colectivo.

¿Qué pasa con el salario ese día?
Los empleados mercantiles que trabajen el lunes 29 deberán recibir un recargo del 100% sobre su salario habitual, es decir, cobrarán el doble por esa jornada. Quienes no trabajen, no verán afectado su sueldo ni deberán justificar la ausencia.
Además, no se exige otorgar un franco compensatorio ni descontar el día de descanso. El derecho al descanso queda garantizado y la decisión de asistir o no queda en manos del trabajador.
¿Por qué se trasladó la fecha?
Aunque el Día del Empleado de Comercio se celebra cada 26 de septiembre, en 2025 se acordó trasladarlo al lunes 29 para facilitar la organización del sector y generar un fin de semana largo.
Esta decisión fue tomada en conjunto por entidades sindicales y empresarias, y busca beneficiar tanto a los trabajadores como a los empleadores, sin perder el carácter especial de la jornada.














