Agencia Tributaria

Nuevo beneficio fiscal de 2550 euros para familias que incluyan mayores de 65 años en la casa

La Agencia Tributaria introduce una deducción en el IRPF para hogares con mayores a cargo.

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La Agencia Tributaria ha implementado una nueva medida fiscal destinada a aliviar la carga económica de las familias que conviven con personas mayores de 65 años. Este beneficio, aplicable en la declaración de la Renta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), permite una deducción de hasta 2550 euros para los contribuyentes que cumplan con ciertos requisitos.

Detalles de la deducción fiscal

La deducción se estructura en dos tramos:

  • 1150 euros por cada ascendiente mayor de 65 años que resida en el domicilio familiar.
  • 2550 euros si el ascendiente tiene más de 75 años, sumando 1.400 euros adicionales a la deducción anterior.

Esta medida también es aplicable a familiares con una discapacidad reconocida de al menos el 33%, sin importar su edad. En estos casos, las deducciones pueden variar entre 3000 euros (para discapacidades del 33% al 64%) y 9000 euros (para discapacidades superiores al 65%).

La Agencia Tributaria ha implementado una nueva medida fiscal destinada a aliviar la carga económica de las familias que conviven con personas mayores de 65 años. (Imagen: archivo)

Requisitos para acceder al beneficio fiscal

Para que las familias puedan beneficiarse de esta deducción, deben cumplir con los siguientes criterios establecidos por la Agencia Tributaria:

  • Edad del ascendiente: debe ser mayor de 65 años o, para la deducción superior, mayor de 75 años. Si el ascendiente tiene una discapacidad reconocida, la deducción aplica sin importar su edad.
  • Convivencia: el ascendiente debe vivir con el contribuyente al menos la mitad del año. En el caso de ascendientes con discapacidad que dependan del contribuyente y estén internados en centros especializados, se considera que cumplen con el requisito de convivencia.
  • Límite de ingresos: las rentas anuales del ascendiente, excluyendo las exentas, no deben superar los 8000 euros.
  • Declaración de la renta: El ascendiente no debe haber presentado declaración de IRPF con ingresos superiores a 1800 euros.

Es importante destacar que, en una declaración conjunta de unidades familiares, no da derecho a la aplicación del mínimo del contribuyente el otro cónyuge, pero sí resulta computable el incremento del mínimo del contribuyente si su edad es superior a 65 años o a 75 años. En el supuesto de fallecimiento del contribuyente, la cuantía del mínimo del contribuyente se aplicará en su integridad.

Esta iniciativa de la Agencia Tributaria busca reconocer y apoyar el esfuerzo de las familias que cuidan de sus mayores, aliviando la carga económica que ello conlleva y fomentando el cuidado de las personas mayores en el entorno familiar. (Imagen: archivo)

Procedimiento para aplicar la deducción

Para beneficiarse de esta deducción, el contribuyente debe reflejar la situación en su declaración de la Renta, completando los apartados correspondientes que permitan aplicar la deducción de manera automática en el cálculo final de los impuestos. Es recomendable revisar periódicamente las condiciones establecidas por la Agencia Tributaria, ya que pueden estar sujetas a modificaciones.

Esta iniciativa de la Agencia Tributaria busca reconocer y apoyar el esfuerzo de las familias que cuidan de sus mayores, aliviando la carga económica que ello conlleva y fomentando el cuidado de las personas mayores en el entorno familiar. Las familias interesadas podrán aplicar esta deducción en la próxima campaña de la Renta, siempre que cumplan con los requisitos establecidos.

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