Alerta conductores: estos barrios de Madrid tendrán parquímetros desde ahora
Para evitar multas, conoce cuáles son los nuevos barrios que tendrán parquímetros y cobrarán por estacionar el coche en la calle.
En las principales ciudades del país, el aumento de coches en circulación causa que los estacionamientos no den a basto. Por esa razón y para regular los espacios disponibles, el Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) implementará una nueva extensión en cinco barrios.
Los nuevos parquímetros que los conductores deberán utilizar para estacionar los vehículos regularán un total de 6604 plazas desde el lunes 25 de septiembre. Sin embargo, los vecinos de la zona podrán solicitar un permiso especial para sus autos.
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Los barrios que comenzarán a tener parquímetros
Para alertar a los conductores, el portal Diario de Madrid informó que desde el 25 de septiembre el Área de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad regulará con parquímetros los siguientes barrios de Madrid:
- Pueblo Nuevo: 1150 plazas
- Concepción: 2475 plazas
- San Juan Bautista: 2374 plazas
- Atalaya: 140 plazas
- San Isidro: 465 plazas
Estas nuevas zonas SER se sumarán a los recientes barrios de la ciudad de Madrid sumados el programa de estacionamiento, en Quintana, Ventas, Colina (Ciudad Lineal), San Pascual, Los Cármenes (Latina) y Puerta del Ángel.
Horario del Servicio de Estacionamiento Regulado
Por otro lado, el horario SER para que los conductores estacionen sus coches, según lo detalla la página oficial del organismo, es el siguiente:
- Lunes a viernes, no festivos: de 9 a 21 horas.
- Sábados: de 9 a 15 horas.
- Los días 24 y 31 de diciembre: de 9 a 15 horas.
- Domingos y festivos: sin servicio.
¿Cómo solicitar el permiso para estacionar para vecinos?
Las personas que residan en las zonas mencionadas deberán solicitar un permiso especial para estacionar en la página web www.madrid.es/ser, por teléfono al 010, en las oficinas de atención a los ciudadanos de Línea Madrid o en la Oficina Especializada de la calle Bustamante, 16.
Además, los documentos que deberán presentar los conductores son los siguientes:
- Personas con nacionalidad española: DNI o permiso de conducir
- Personas con nacionalidad extranjera: NIE.
- En el caso de actuación mediante representación:
_Documento que acredite la identidad del representante.
_ Autorización firmada por el residente con nombre, apellido y DNI del residente y de la persona autorizada.
_ Copia del documento de identificación del residente. - Trámite de domiciliación en el municipio de Madrid.
- Para matriculas extranjeras, Permiso de Circulación.
- En régimen de renting, leasing o alquiler con una empresa cuyo objeto social sea el alquiler de vehículos: contrato firmado.