Elecciones 2021

Veda electoral: desde qué hora no se puede vender más alcohol

A días de las Elecciones 2021, los comercios se amoldan a las prohibiciones que afectarán al despacho de alcohol este fin de semana. ¿Desde cuándo no se puede vender alcohol y hasta cuándo dura la veda electoral?

Desde las 8 de la mañana de este viernes 12 de noviembre hasta las 21 del domingo 14, arrancó la veda electoral para las Elecciones 2021. Sin embargo, son varios los que consultan sobre qué se podrá hacer y qué no durante los comicios.

A partir del sábado 13, desde las 20, la Cámara Nacional Electoral (CNE) prohibirá la venta de bebidas alcohólicas, medida que se mantendrá vigente hasta tres horas de finalizado el comicio. 

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De esta forma todos los comercios de barrios, supermercados, bares y restaurantes no podrán expender alcohol pasado el límite de horario, tanto para consumo presencial como vía envío (delivery).

Los ciudadanos que no respeten la veda podrán ser denunciados por violación al Código Electoral y sancionados, si la Justicia comprueba la falta.

Veda electoral: ¿qué no se puede hacer?

El artículo 71 de la reglamentación de la CNE prohíbe cuatro actividades en particular de cara a las próximas elecciones PASO 2021:

  • Admitir reuniones de electores o depósito de armas durante las horas de la elección a toda persona que en los centros urbanos habite una casa situada dentro de un radio de ochenta metros (80 m) alrededor de la mesa receptora. Si la finca fuese tomada a viva fuerza deberá darse aviso inmediato a la autoridad policial;
  • Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral, durante su desarrollo y hasta pasadas tres horas de ser clausurado;
  • Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas hasta transcurridas tres horas del cierre del comicio;
  • Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros (80 m.) de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino;

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  • Una de las excepciones a la veda es el expendio de bebidas alcohólicas, que si bien también está contemplado en las restricciones, está prohibido desde las 20 horas del sábado, en lugar de las 8 horas del viernes como las demás actividades reguladas en el período electoral. Se vuelve a habilitar el domingo a las 21 horas.
  • La prohibición alcanza también a los bares y restaurantes, que podrán vender alcohol hasta el horario límite, y tendrán que cerrar a las 24 horas del sábado. Aunque los boliches también tienen las mismas condiciones, lo más común es que no abran sus puertas en las vísperas de elecciones.

¿cuáles son las multas si no respeto la veda ELECTORAL?

Los ciudadanos que no respeten la veda podrán ser denunciados por violación al Código Electoral y sancionados, si la Justicia comprueba la falta.

El artículo 136 del Código Electoral Nacional establece que "se impondrá prisión de 15 días a 6 meses a las personas que expendan bebidas alcohólicas desde doce horas antes y hasta tres horas después de finalizado el acto eleccionario".

Esta norma reprime también, en el artículo 131, con la misma pena al "empresario u organizador de espectáculos públicos o actos deportivos que se realicen en el lapso previsto" de prohibición por la autoridad electoral.

El CNE establece que "se impondrá prisión de 15 días a 6 meses a las personas que expendan bebidas alcohólicas desde doce horas antes y hasta tres horas después de finalizado el acto eleccionario".

La pena prevista para quien "con engaños indujere a otro a sufragar en determinada forma o a abstenerse de hacerlo" (artículo 140), es de dos meses a dos años de cárcel, mientras que a quien "utilizare medios tendientes a violar el secreto del sufragio" (artículo 141) se lo castigará con hasta tres años.

A los ciudadanos, además, se les podrá cobrar una multa entre $ 10.000 y $ 100.000 si no respetan los límites de emisión y publicación de avisos publicitarios en los medios de comunicación. Lo mismo aquellos que realicen actos de campaña fuera del plazo establecido para ese fin.

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