PROYECTO DE LEY

Renta inesperada: punto por punto, de qué se trata el nuevo impuesto que impulsa el Gobierno

El presidente Alberto Fernández y el ministro de Economía, Martín Guzmán, anunciaron que el Gobierno enviará al Congreso un proyecto de ley para gravar la renta inesperada por la guerra entre Rusia y Ucrania. Cuáles son los puntos más importantes.

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El presidente Alberto Fernández anunció hoy junto al ministro de Economía, Martín Guzmán, el envío al Congreso del proyecto de renta inesperada para empresas que aumentaron sus ingresos por el incremento de precios debido a la guerra en Ucrania y afirmó que el parlamento tiene "la obligación de acompañar" la iniciativa.

Renta inesperada: el proyecto apunta a empresas con más del 10% de rentabilidad, ¿a dónde van los fondos?

Renta inesperada: Alberto Fernández y Martín Guzmán presentaron el proyecto de ley tras la salida de Matías Kulfas

El proyecto ingresará por Diputados y cuenta de antemano con el rechazo de Juntos por el Cambio, que se pronunció en contra de la creación de nuevos impuestos, cuando hace casi un mes la Rosada adelantó que busca impulsar esta medida.

RENTA INESPERADA: PUNTO POR PUNTO, LAS CLAVES DEL PROYECTO

El Gobierno nacional comunicó que la iniciativa "apunta a regular la renta inesperada generada por el shock de la guerra en Ucrania, a fin de evitar una redistribución regresiva de los ingresos siendo el Estado el que los reasigne".

Alberto Fernández y Martín Guzmán en el anuncio del Proyecto de la Renta Inesperada

De esta manera, se busca implementar una sobre-alícuota del Impuesto a las Ganancias de Sociedades de Capital aplicable al ejercicio fiscal 2022.

RENTA INESPERADA: A QUIÉNES ALCANZA

Se verán alcanzadas las empresas con Ganancia Neta Imponible o Ganancia Contable superior a $1.000 millones y cuya Ganancia Neta Imponible haya crecido en términos reales y que cumplan con una de estas condiciones:

  • Margen de ganancia (ganancia contable sobre sus ingresos) en 2022 superior al 10% 
  • Aumento del margen de ganancia en 2022 en relación al 2021 de al menos 20%

RENTA INESPERADA: DE CUÁNTO SERÁN LAS ALÍCUOTAS

La alícuota se aplicará a la "renta inesperada" (Ganancia Neta Imponible mayor en términos reales a la del 2021). Así, el gravamen tendrá una alícuota del 15% que se pagará junto al vencimiento del Impuesto a las Ganancias de las Sociedades de Capital.

Además, esta será aplicable al ejercicio fiscal del 2022 y se aplicará a empresas que cumplan las condiciones definidas según balances finalizados luego de la sanción de la ley y durante un año a partir de esa fecha

LAS JUSTIFICACIONES DEL GOBIERNO PARA LLEVAR ADELANTE EL PROYECTO DE RENTA INESPERADA

"Los aumentos extraordinarios en los precios internacionales de determinados bienes a raíz de la guerra en Ucrania, sumados a los efectos económicos duraderos de la pandemia del COVID-19, potencian la concentración de riqueza, profundizando las desigualdades en el mundo", marca el comunicado del Gobierno.

"Hay empresas que se favorecen con el alza de los precios internacionales debido a la guerra y, en consecuencia, venden sus productos a precios más altos obteniendo una ganancia extraordinaria que no proviene de mejoras en la productividad, de mayores inversiones, ni de mayor producción sino simplemente del contexto", continúa.

Alberto Fernández y Martín Guzmán

Un mecanismo para reducir esta dinámica de concentración de la riqueza en pocas manos es través de una alícuota a la "renta inesperada" que permite gravar las ganancias extraordinarias producto de la guerra y darle más recursos al Estado Nacional y a las provincias para redistribuir

RENTA INESPERADA: A DÓNDE IRÁ EL MONTO RECAUDADO

Según relevó El Cronista, el ministro de Economía señaló que irán a rentas generales y serán coparticipables, lo que también mejorará los ingresos de las provincias. De esta forma, no se asignó a un programa en particular, sino que se busca que los gobernadores presionen por esa coparticipación para que el Congreso le dé luz verde al proyecto.

A su vez, la alícuota del 15% se pagará junto al vencimiento del impuesto a las Ganancias. La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), podrá establecer anticipos o retenciones, aclara la presentación de Guzmán, que no detalló la posibilidad de reinvertir los excedentes para obtener beneficios impositivos.

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