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La Corte Suprema de Justicia rechazó hoy el pedido de per saltum solicitado por el Gobierno nacional en el caso planteado acerca de la constitucionalidad de la reforma laboral votada en febrero por el Congreso.
Si bien se podría considerar como un revés para la estrategia judicial de la Casa Rosada, lo es hasta cierto punto: después de las últimas resoluciones de la Cámara del fuero laboral, la ley está vigente y se puede aplicar hasta que se resuelva la cuestión de fondo.
Qué es el per saltum y por qué lo rechazó la Corte
El per saltum es un mecanismo mediante el cual uno de los actores implicados en un conflicto legal le pide a la Corte Suprema que se haga cargo del caso “saltando” el juicio de primera instancia y las cámaras correspondientes.
En esta ocasión, ante la demanda de inconstitucionalidad planteada por la Confederación General del Trabajo (CGT), el Gobierno nacional había buscado ese recurso, que hoy fue rechazado por Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti.
Históricamente hablando, el per saltum fue otorgado en contadas ocasiones. Una de las más resonantes fue sobre la constitucionalidad de la Ley de Medios durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner.
Esto quiere decir que primero deberá expedirse la Justicia en primera instancia y que ese fallo, se espera, sea reconsiderado por la Cámara, para luego llegar finalmente a los tribunales de la calle Talcahuano.
La pelea por la competencia entre fueros
Mientras todo eso sucede, se encuentran caídas las cautelares originalmente planteadas, con excepción de aquella que impide el traspaso del Fuero Laboral Nacional a la Ciudad de Buenos Aires.
Sin embargo, quedan otras cuestiones por dirimir, como la relacionada con la competencesde el inicio de la contienda legal, el Gobierno argumentó que el caso debe ser tratado por el fuero contencioso-administrativo, históricamente proclive a fallar en favor del Estado.
La CGT, en cambio, planteó la inconstitucionalidad en la Justicia del Trabajo. Los jueces de ambos fueros han pugnado por quedarse con la causa.

“El expediente principal hoy está en el Contencioso. La Cámara laboral tiene que resolver si rechaza remitir el expediente”, explicó una fuente del mundo del laboralismo.
La Cámara mencionada es la misma que, semanas atrás, volteó la cautelar dispuesta por el juez de primera instancia. Al día siguiente de haber fallado, sus jueces recibieron la autorización para seguir ejerciendo sus cargos más allá de la edad límite.
Por ello, muchos entienden que esos magistrados cederán ante el requerimiento del Contencioso y así podrán salir de escena. De lo contrario, si sostienen la causa en el fuero laboral, deberá ser la Corte quien defina la competencia.
Qué pasa ahora con la reforma laboral
Aunque en casos privados los damnificados pidan la inconstitucionalidad de la norma, por ejemplo, cuando se calculen los intereses de un juicio, el expediente principal seguirá su lento curso por los tribunales.
Mientras tanto, la CGT verá pasar el tiempo y el Gobierno mantendrá la seguridad sobre la aplicación de la norma.
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