QUEJAS

Progresar Trabajo: el Gobierno habilitó el reclamo para quienes les rechazaron el beneficio

Se dieron a conocer los resultados de la inscripción de las Becas Progresar y quienes fueron rechazados van a poder iniciar un reclamo a través de ANSES.

El Ministerio de Educación abrió las inscripciones de las Becas Progresar para la línea Progresar Trabajo. Finalmente, ya publicaron los resultados y quienes fueron rechazados van a poder iniciar un reclamo en la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

Para que sea efectivo el trámite deben hacerlo dentro de los veinte días hábiles administrativos posteriores al resultado en la plataforma. El reclamo puede hacerse mediante los canales oficiales del programa a través del teléfono: 0800-222-3294 / (011) 4320-3380 / 60 o el correo electrónico: economiasocialmds@desarrollosocial.gob.ar

Los motivos del rechazo pueden ser porque el aspirante no cumplió con alguno de los requisitos establecidos o porque cuenta con un ingreso mayor al que se puso como límite.

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UNO POR UNO: TODOS LOS REQUISITOS PARA SER PARTE DE PROGRESAR TRABAJO

  • Ser argentina/o nativa/o; naturalizada/o o extranjera/o, con residencia legal de dos (2) años en el país y contar con DNI.

  • Tener entre 18 y 24 años cumplidos.

  • Se extiende hasta 35 años de edad a las personas con hijas/os menores de 18 años pertenecientes a hogares monoparentales y hasta 40 años para personas que no poseen trabajo formal registrado.

  • Sin límite de edad para personas trans, de pueblos indígenas, con discapacidad o refugiadas.

  • La suma de los ingresos de la/el joven no debe ser superior a tres (3) Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM).

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ENTRAR EN PROGRESAR TRABAJO: ¿CÓMO SE CALCULAN LOS 3 SALARIOS MÍNIMOS?

  • Las remuneraciones brutas de los/as trabajadores/as en relación de dependencia registrados

  • La asignación Familiar por Maternidad o Maternidad Down, con exclusión de las horas extras.

  • El plus por zona desfavorable y el sueldo anual complementario.

  • Las rentas de referencia de los trabajadores/as autónomos/as y monotributistas.

  • Los haberes de jubilación y pensión, al monto de la prestación por desempleo y las sumas brutas originadas en Prestaciones Contributivas o No contributivas, de cualquier índole.

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