RESTRICCIÓN EXTERNA

Los argumentos de la Justicia para habilitar a las empresas a importar

En la mayoría de las salas los importadores obtuvieron fallos favorables. Los tribunales marcan inconsistencias y falta de información de la defensa. Sólo cuando hay rechazos toman en cuenta al Banco Central. Reservas en juego.

Entre los más de 350 importadores que presentaron amparos para liberar mercadería hay empresas de los rubros de indumentaria, textiles, juguetes, neumáticos, muebles, vajilla, tecnología y hasta productos de limpieza o electrodomésticos de los que se venden por televisión. En una nueva ronda de judicialización de la economía, la mayoría logró fallos favorables en casi todos los juzgados donde hicieron las presentaciones. En muchos casos, el ingreso de la mercadería se permitió por cuestiones administrativas como la falta de información o contradicciones de la secretaría de Comercio Exterior.

La mayoría de las resoluciones a las que accedió El Cronista no se enfocan en la macroeconomía y el nivel de reservas del Banco Central y citan, en cambio, el derecho de las empresas a comerciar. Cuando hay rechazos, en cambio, se toma en cuenta la posición de la autoridad monetaria. Un rechazo a un fallo de primera instancia a favor de Berserker Shipping marca que "no examina el interés público comprometido" y señala que "la sentencia omitió totalmente los requisitos que deben observar los importadores, tanto al momento de acceder al mercado único de cambios" según las normas del BCRA.

Ante la escasez de divisas, el Gobierno puso en marcha una "administración comercial inteligente", según la definió el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, que busca evitar el ingreso de productos que tengan fabricación en el país y, del otro lado, no entorpecer el ingreso de insumos cuando no haya proveedor local. Los importadores aseguran que no se cumplen con los plazos previstos para aprobar licencias. Entre las más de 300 firmas que recurrieron a la justicia están Scandinavian Outdoors, Oxford Polo Club, Argenprom, Diarco, Volf, Hasbro, Tevecompras, Ariston y Metalpack.

Un fallo de la Sala I de la Cámara Contencioso Administrativo Federal habilita el ingreso de productos en base a la "falta de información" de la secretaría de Comercio sobre qué papeles que debe completar una importadora textil. Ese escrito desvincula a la Aduana de las demoras y ordena el ingreso de la mercadería y que se cubran los gastos. En más de un caso, los camaristas detallan que el Ejecutivo "no adjuntó documentación alguna que permita corroborar los requerimientos" o que "se indicó una causal distinta de observación".

En un rechazo a la apelación de la secretaría de Comercio a favor de la importadora de juguetes "Mazel Toys" argumenta que "la paralización de la importación podría acarrear una pérdida de muy dificultosa reparación" para la firma porque el Estado "impide la comercialización y el recupero del flujo de negocios".

En sus defensas, el Ministerio de Desarrollo Productivo sostiene que "se desoyeron sus manifestaciones sobre la falta de información de los pedidos ante el SIMI -Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones-" y consideran que se trata de "medidas arbitrarias" por parte de la Justicia.

Los importadores tuvieron resultados favorables en nueve de los doce juzgados del Contencioso Administrativo Federal. Sólo en tres (2, 4 y 5) encontraron fallos adversos o criterios dispares. En la mayoría de las salas de Apelaciones tuvieron resultados a favor, con excepción de la sala V.

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