La AFIP subió el piso para declarar Ganancias y Bienes Personales: vence en pocos días y no hay prórroga

Novedades en Ganancias y Bienes Personales: la AFIP subió el piso de ingresos anuales brutos a informar en la declaración jurada que vence en pocos días. Rige para trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionados.

La AFIP actualizó el piso de ingresos anuales que obliga a presentar las correspondientes declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales a trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionados.

Así, el nuevo umbral de ingresos que debe informarse pasa de $2.500.000 a $3.700.000 de renta anual bruta durante el período fiscal 2021.

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La novedad fue oficializada a través de la Resolución General 5204/2022, publicada hoy en el Boletín Oficial con la firma de la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont.

Pese a la actualización del monto respecto al período fiscal anterior, un 48% más de lo que rigió para el 2020, no se estableció una prórroga para presentar las declaraciones juradas y la fecha límite para realizar el trámite ante la AFIP es el 30 de junio.

 La fecha límite para presentar las declaraciones juradas informativas ante la AFIP es el 30 de junio de este año.

"La normativa establece la obligación de presentar la declaración jurada informativa para aquellos sujetos que hubiesen obtenido en el año fiscal un determinado importe bruto de ganancias", explican desde AFIP, explicitando que se deben tener en cuenta tanto los conceptos gravados por Ganancias como los exentos y los no alcanzados.

Así, los trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionados con ganancias iguales o superiores a $3,7 millones deberán informar el detalle de sus bienes al 31 de diciembre del 2021, "conforme a las normas del impuesto sobre los Bienes Personales", aclara la AFIP.

Además, estos mismo individuos están obligados a presentar los ingresos, gastos y deducciones de acuerdo con lo previsto en la Ley de Impuesto a las Ganancias.

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Los distintos ingresos a tener en cuenta para conocer si se debe presentar la declaración jurada informativa ante la AFIP o no son:

  • El trabajo en relación de dependencia;
  • La realización de actividades en calidad de monotributista;
  • El cobro de dividendos;
  • El rendimiento por la colocación de capital en valores;
  • El desempeño de cargos públicos;
  • Jubilaciones y pensiones; 
  • Servicios prestados como socio de cooperativas;
  • Rentas vitalicias previsionales.

La obligación de presentar la declaración jurada informativa de Ganancias y Bienes Personales incluye a quienes no llegan a pagar este último tributo, que para el período fiscal 2021 debe ser abonado por quienes presentan valuaciones iguales o superiores a los $ 6 millones anuales.

Esta medida generó malestar entre los contadores por el corto aviso de tiempo en el que se modificó el umbral y debido a que ciertos individuos ya realizaron el trámite en base al máximo de ingresos anterior ($ 2,5 millones).

El nuevo umbral de ingresos que deben informarse pasa de $2.500.000 a $3.700.000.

En este sentido, desde el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires volvieron a pedir a la AFIP una prórroga para presentar las declaraciones juradas informativas.

"Venimos reclamando a la AFIP que las aplicaciones para la presentación de las declaraciones anuales estén disponibles con 60 días hábiles de antelación y funcionen adecuadamente, porque es la única manera que tenemos de realizarlas correctamente, lo que en definitiva, permite al Ejecutivo recaudar más y mejor", reclaman desde el Consejo.

Además, critican que "el organismo se tomó 5 meses para publicar las aplicaciones web, que aún presentan dificultades y errores".

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