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Los jubilados y pensionados de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal deberán tener en cuenta un trámite importante en la acreditación de supervivencia. El organismo mantiene actualizada la medida a partir de la cual, y a través de un acuerdo con el RENAPER, ya no será necesario realizar este trámite de manera presencial por parte de los beneficiarios.

El acuerdo permite acreditar la supervivencia de forma simple y segura mediante los mecanismos de validación de identidad disponibles. Sin embargo, quienes residen en el exterior mantienen la obligación de presentar el certificado correspondiente cada seis meses para garantizar la continuidad del cobro de sus haberes previsionales.

¿Quiénes deben presentar el certificado de supervivencia?

La obligación alcanza a los beneficiarios residentes en el exterior de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal. Según la Resolución CRJPPF N° 4615/2023, deben acreditar su supervivencia cada seis meses, durante los meses de abril y octubre.

La obligación alcanza a los beneficiarios residentes en el exterior de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal. (Fuente: Shutterstock)
La obligación alcanza a los beneficiarios residentes en el exterior de la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal. (Fuente: Shutterstock)Shutterstock

Para realizar el trámite, los beneficiarios deberán presentar su documento de identidad junto con el certificado de supervivencia emitido por una oficina consular o por la autoridad local competente. En determinados casos, el documento deberá estar apostillado y acompañado por una traducción al español.

¿Qué ocurre si no presentan la documentación?

Los beneficiarios que viven fuera del país deben enviar el certificado de supervivencia dentro de los períodos establecidos para garantizar la normal percepción de sus haberes previsionales. La documentación puede remitirse por correo postal o mediante el consulado argentino correspondiente.

Según la Resolución CRJPPF N° 4615/2023, deben acreditar su supervivencia cada seis meses, durante los meses de abril y octubre. (Foto: Shutterstock)
Según la Resolución CRJPPF N° 4615/2023, deben acreditar su supervivencia cada seis meses, durante los meses de abril y octubre. (Foto: Shutterstock)Shutterstock

El acuerdo entre la CRJPPF y el RENAPER también contempla la incorporación del Sistema de Identidad Digital (SID), que permitirá validar la identidad a distancia mediante autenticación biométrica y/o fotografía del DNI.

A través de esta herramienta, la Caja podrá validar digitalmente la identidad de sus beneficiarios y facilitar la realización remota de distintos trámites mediante el portal Mi Caja.