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Los agentes especializados de la Dirección General de Aduanas-AFIP desarticularon un intento de contrabando en Ezeiza cuando un ciudadano argentino intentaba ingresar con el cargamento al país procedente desde Nueva York, Estados Unidos.

La detección fue durante un control de equipaje en el Aeropuerto Internacional de Ezeiza. El argentino regresó al país a bordo del vuelo AA 953 de American Airlines.

El viajero pasó su equipaje por el escáner número 5 del aeropuerto y la inspectora aduanera a cargo del control no intrusivo advirtió de manera rápida una inusitada cantidad de mercadería sin declarar en las valijas.

Así, el personal del organismo que dirige Guillermo Michel encontró mercancía que incumplía con el régimen de equipaje:

Foto: Aduana.
Foto: Aduana.

Secuestro Pokémon: ¿qué atraparon?

A esta mercancía detectada, también se le sumaron una gran cantidad de cartas de Pokémon sin abrir. Entre ellas:

Foto: Aduana.
Foto: Aduana.

Toda la mercancía secuestrada incumplía con el artículo 489 del Código Aduanero que establece que "constituyen equipaje los efectos nuevos o usados que un viajero, en consideración a las circunstancias de su viaje, pudiere razonablemente utilizar para su uso o consumo personal o bien para ser obsequiados, siempre que por la cantidad, calidad, variedad y valor no permitieren presumir que se importan o exportan con fines comerciales o industriales".

En este sentido, dada la gran cantidad de mercadería repetida y sin abrir se presumió que el detenido ingresó con ellas a la Argentina con el fin de comercializarlas.

El valor de lo ingresado excedía los u$s 500 que contempla el régimen para el equipaje que ingresa por vía aérea. Además, el organismo resaltó que "el mencionado régimen no es apropiado para importar insumos médicos como los que traía el viajero, que deben siempre contar con la certificación de la ANMAT que avale que su uso es seguro".

Mientras que la mercadería secuestrada esperaba la decisión del Tribunal Administrativo, al viajero podría caberle una multa de hasta tres veces el valor de los productos incautados.

En caso de no proceder al pago voluntario, quedará intimado a comparecer ante el Departamento Procedimientos Legales Aduaneros en el plazo de 10 días hábiles, explicó el organismo.