Guiño de AFIP a exportadores: facilitan los reintegros por la importación de partes e insumos

El ministerio de Desarrollo Productivo modificó la gestión del trámite del régimen aduanero denominado Drawback, por el cual se devuelven los importes de derechos de importación a empresas que exporten en valores iguales o superiores. El nuevo sistema amplía plazos y flexibiliza los requisitos para acceder al reintegro

El crecimiento económico corre serio riesgo de frenarse a causa de la falta de dólares para compra de insumos y las restricciones que el Gobierno impone al uso de divisas. Uno de los mecanismos que se implementa para compensar este problema es el régimen de Drawback por el que se reintegran los aranceles y tasas de estadística a quienes importen productos que luego se incluyan en bienes exportados.

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Sin embargo, hasta la nueva resolución 212/2022, el sistema funcionaba de manera poco flexible y obliga a cada beneficiario a realizar una tramitación por cada operación.

El nuevo procedimiento permite simplificar y agilizar la liquidación y el pago de los beneficios para favorecer el sector exportador.

Desde ahora el "Certificado de Tipificación Drawback" tendrá un plazo de cinco años para ser aplicado a diferentes operaciones comerciales, en tanto no se modifique la relación insumo-producto declarada o la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM)", informó la Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa del Ministerio de Desarrollo Productivo.

Para acceder al reintegro las empresas solicitantes deberán estar inscriptas en el Registro Único de la Matriz Productiva (RUMP). El trámite de tipificación de la mercadería se realizará a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD).

La condición es que el producto a exportar contenga todas o algunas de las mercaderías importadas aprobadas en el Certificado de Tipificación.

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