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El último dato del inflación difundido por el INDEC activó una nueva actualización de los parámetros del Impuesto a las Ganancias y del Monotributo, tal como establece la reforma fiscal vigente. Aunque los nuevos valores comenzaron a regir desde julio, sus efectos se reflejarán en los pagos y descuentos correspondientes a agosto.

La actualización toma como referencia el IPC acumulado durante el primer semestre de 2026, que alcanzó el 16,8%. Ese porcentaje modifica el piso para tributar Ganancias, las deducciones y las escalas, además de elevar los límites de facturación, las cuotas y otros parámetros utilizados por el régimen simplificado.

Cómo quedan Ganancias y Monotributo tras la actualización

Los trabajadores alcanzados por Ganancias tendrán nuevos mínimos para determinar si deben pagar el impuesto.

En el caso de empleados solteros y sin hijos, el ingreso bruto mensual sujeto al tributo estará en $3.502.511, mientras que para quienes estén casados y tengan hijos se ubicará en $4.438.400 brutos.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitará la recategorización del monotributo e luego de la publicación de los nuevos parámetros (Fuente: archivo).
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitará la recategorización del monotributo e luego de la publicación de los nuevos parámetros (Fuente: archivo).Composición/El Cronista

Cómo quedan las escalas del Monotributo

En el Monotributo, también se incrementarán los topes de facturación y otros valores utilizados para definir cada categoría:

  • Categoría A: pasaría de $10.277.988,13 a $12 millones.
  • Categoría B: $15,05 millones a $17,6 millones.
  • Categoría C: $21,4 millones a $24,7 millones.
  • Categoría D: $26,2 millones a $30,6 millones.
  • Categoría E: $30,8 millones a $36 millones.
  • Categoría F: $38,6 millones a $45,1 millones.
  • Categoría G: $46,2 millones a $54 millones.
  • Categoría H: $70,1 millones a $81,9 millones.
  • Categoría I: $78,4 millones a $91,7 millones.
  • Categoría J: $89,8 millones a $104,9 millones.
  • Categoría K: $108,3 millones a $126,6 millones.

Qué deberán tener en cuenta los monotributistas en julio

Además de los nuevos valores, los contribuyentes deberán prestar atención al proceso de recategorización semestral. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitará el trámite luego de la publicación de los nuevos parámetros y fijó como fecha límite el 5 de agosto para completarlo.

Al momento de realizar la gestión, será necesario revisar la actividad desarrollada durante los últimos doce meses. Entre los aspectos que deben verificarse figuran:

  • Los ingresos obtenidos durante el último año.
  • El monto de los alquileres, si corresponde.
  • La superficie afectada a la actividad.
  • El consumo de energía eléctrica.

Si alguno de esos indicadores cambió, el contribuyente deberá modificar su categoría a través del sitio de ARCA utilizando su clave fiscal. En caso de no efectuar el trámite, el organismo interpretará que las condiciones permanecen sin cambios y mantendrá la categoría vigente hasta la próxima revisión.