Pymes y los cuadernos: doble vara de medición y los filtros de control

Mientras empresarios hicieron circular dinero, muchos organismos de control funcionaron como verdaderos coladores. Mientras tanto las pymes día a día se enfrentan a múltiples mecanismos de control. Qué falló y las normas incumplidas.

El punto final del circuito de movimiento del dinero de los cuadernos fue el aporte de campaña o el pago de las supuestas coimas. Desde el primer momento en que comenzó a circular el efectivo, se puede ver que en el camino fallaron todos los controles que debieron haber hecho los organismos del Estado y las auditorías de las empresas privadas. El comienzo, seguramente, fue con una orden de pago emitida por la oficina oficial desde dónde salió el dinero, confeccionada en pesos, porque el Estado no paga en dólares. Cuando ingresó esa plata en las empresas tendría que haberse emitido la factura fiscal correspondiente.

Siguiendo con el circuito del sector privado, según los cuadernos, salieron dólares que ya podían existir en la contabilidad; o sino haberse adquirido en el mercado oficial de cambios, ya que en esos años existía el cepo cambiario, adicionalmente con la justificación impositiva que tenía que existir. Ese dinero también podía haber provenido de operaciones informales, cambiándose los dólares en una cueva financiera, lo que produce múltiples consecuencias por los incumplimientos tributarios que derivan de eso. En el medio, en el país hubo dos blanqueos que condonaron impuestos pero no eximieron de la obligación de observar lo que establece la ley de lavado (25.246), en cuanto a la emisión los reportes de operaciones sospechosas (ROS), por parte de los terceros que intervinieron en el movimiento del dinero, en la medida que constituyan una asociación ilícita y en que haya fraude contra la Administración Pública. Pero además, si en el respaldo del movimiento de fondos existieron facturas apócrifas (truchas), el último blanqueo las excluye expresamente de sus beneficios. Asimismo, para los contribuyentes cumplidores la ley también otorgaba una suerte de tapón fiscal siempre que se cumplieran con los requisitos que exigía la ley 27.260, beneficio que también caducaba si se detectaban comprobantes apócrifos en las operaciones. 

Mientras circulaba tanto dinero, algo así como cien millones de dólares según el expediente judicial, muchos organismos de control funcionaron como verdaderos coladores. En la década de los 90 existían los tribunales de cuenta que realizaban los controles previos a la realización del gasto y actuaban como terceros independientes, ajenos de los propios organismos que controlaban. Pero además, las contabilidades de las empresas o las declaraciones juradas particulares de sus dueños están incluidas, porque tendrían que responder por todos los movimiento de dinero que hizo el sector privado. De no ser así, todo ocurrió por afuera de los controles públicos y privados, sin filtro alguno, a pesar de todo el movimiento de dinero que hubo y la cantidad de actores involucrados.

La otra vara:

En contraposición, las Pymes y los contribuyentes individuales tienen que pasar todos los días por diversos filtros de control, relacionados con el pago de los tributos y el movimiento de dinero que realizan. A manera de ejemplo, se enuncian algunos controles y las consecuencias que producen:

1-Existen diferentes causales de exclusión que rigen para los Pequeños Contribuyentes, por ejemplo realizar consumos y movimientos bancarios que no se corresponden con su categoría de inscripción. También, hay recategorizaciones de oficio que hace la AFIP.

2-Aquellos contribuyentes que incumplen normas de facturación pueden ser sancionados bajándolos a la factura “M , en lugar de la “A .

3-Las Pymes pueden perder los beneficios que otorga la ley 27.264, en los casos que no cumplan con la presentación del programa de compras y ventas (CITI). También, si no abonan el IVA en el plazo de los 90 días (cosa que hoy sucede porque no tienen fondos) se les da de baja en el régimen Pymes.

4-La conducta fiscal de cada contribuyente hoy es revisada diariamente, a través del SIPER. Cualquier incumplimiento deriva en una mala nota y eso tiene sus consecuencias, por ejemplo menores beneficios para hacer los planes de pago de la AFIP. A esto se le suma los supuestos de riesgo fiscal que rigen en las provincias que implican mayores tasas que se aplican en los diferentes regímenes de recaudación de Ingresos Brutos.

5-Mantener algún incumplimiento, a pesar de que sea mínimo, produce que caiga el certificado para contratar con el Estado.

6-Por normas de la UIF, todos debemos justificar el origen y destino de los fondos el momento de adquirir en el banco moneda extranjera o para adquirir un bien registrable. Estos controles también los tienen que realizar los diferentes sujetos y entidades obligados a informar en cada una los actos que se realizan. 

7-Los que inician actividades tienen que demostrar solvencia económica ante la AFIP, con determinado patrimonio, para ser autorizado a poder emitir facturas “A . Como si la capacidad económica fuera un indicador del comportamiento fiscal.

8-La AFIP tiene muchos elementos que le sirven de respaldo para determinar base presunta a la hora de reclamar impuestos que se deben por determinadas inconsistencias o simplemente por no presentar elementos de contabilidad y documentación de respaldo, o negarse a una inspección. También, se determina la cantidad mínima de trabajadores que debe tener contratados una empresa por la actividad que desarrolla.

9-Los empleados en relación de dependencia tienen la responsabilidad de ingresar la diferencia del impuesto que no les fue retenido por el empleador, a pesar que sobre este tema no conozcan nada.

10-La AFIP considera erróneamente a los comprobantes inválidos como si fueran apócrifos, cosa que no es lo mismo, con los agravantes que eso tiene, por ejemplo usarlo de llave para inspeccionar a los que blanquearon bienes o se presentaron en el bloqueo fiscal del último blanqueo.

Normas incumplidas en los cuadernos:

1-Leyes de Blanqueo: Eximían tributos por evasión, pero no eliminaban los controles establecidos en la ley de lavado de dinero (25.246). La ley 27.260, del último blanqueo expresamente no aceptaba facturas apócrifas.

2-La ley antievasión (25.345) establece que los pagos totales o parciales de sumas de dinero, o el equivalente en moneda extranjera -superiores a $ 1.000- tienen que efectuarse con determinados medios de pago. Los pagos en efectivo, cualquiera sea la moneda, no tienen validez tributaria para las empresas, no  admitiéndose prueba en contrario.

3-La ley 11.683 (de procedimiento) establece que los incrementos patrimoniales no justificados, y los pagos realizados en “negro pueden representar ganancias netas determinadas por un monto equivalente a los incrementos patrimoniales no justificados, más un 10% en concepto de renta dispuesta o consumida en gastos no deducibles (Impuesto a las Ganancias); montos de ventas omitidas en el IVA más de corresponder Impuestos Internos. O sea, gastos “negros tienen las consecuencias de ventas omitidas en el pago de impuestos.

4-El Régimen penal de la ley 19.359, establece sanciones para los movimientos cambiarios, realizados por empresas y personas por circuitos informales. Por ejemplo, castiga a: a) Toda negociación de cambio que se realice sin intervención de institución autorizada para efectuar dichas operaciones; b) Operar en cambios sin estar autorizado a tal efecto; c) Toda falsa declaración relacionada con las operaciones de cambio; d) La omisión de rectificar las declaraciones producidas y de efectuar los reajustes correspondientes si las operaciones reales resultasen distintas de las denunciadas; e) Toda operación de cambio que no se realice por la cantidad, moneda o al tipo de cotización, en los plazos y demás condiciones establecidos por las normas en vigor; f) Todo acto u omisión que infrinja las normas sobre el régimen de cambios

5-Por los delitos de lavado de dinero la ley 25.246, que creó a la Unidad de Información Financiera, prevé sanciones para algunos de los delitos de lavado de activos, como por ejemplo: delitos relacionados con las actividades de una asociación ilícita y delitos de fraude contra la administración pública, entre otros.

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