Regresan las multas del SAT a los clientes con tarjetas de débito: será para los bancos que superen este límite
El SAT impondrá multas a bancos en México por no respetar el límite en tarjetas de débito, una medida que afecta a usuarios a nivel nacional.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene la responsabilidad de la recaudación de impuestos en todo el territorio nacional. Para garantizar que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones fiscales, se implementan mecanismos de control que incluyen sanciones para los usuarios de ciertos bancos, como Banamex y BBVA.
De acuerdo con la información proporcionada por el SAT, se implementarán diversas sanciones a los clientes de BBVA, Banamex y otros bancos en México que superen el límite establecido en sus tarjetas de débito. Esta medida tiene como finalidad prevenir la evasión fiscal.

Es fundamental que los usuarios se informen sobre los detalles de la iniciativa y se preparen para cumplir con los requisitos establecidos por las autoridades. Tenga en cuenta que se implementará un nuevo límite de fondos permitidos en las tarjetas bancarias.
¿En qué situaciones puede el SAT imponerme una multa?
De acuerdo con la Ley de Instituciones de Crédito en México, los límites de depósito en las tarjetas de débito son regulados por la entidad financiera correspondiente y no son impuestos directamente por el SAT. Aunque este organismo no establece un límite específico para multar a los clientes de instituciones bancarias como BBVA o Banamex que superen el saldo permitido en sus tarjetas de débito, es fundamental conocer los niveles establecidos:
- Nivel 1: tarjetas destinadas exclusivamente a personas físicas, con un límite mensual de depósitos de aproximadamente 5,700 pesos (750 UDIS) y un saldo acumulado que no puede exceder los 7,600 pesos (1,000 UDIS).
- Nivel 2: tarjetas para personas físicas vinculadas a subsidios y programas gubernamentales, con un límite mensual de depósitos de 22,800 pesos (3,000 UDIS). Si los fondos provienen de estos programas, el límite se incrementa a 45,600 pesos (6,000 UDIS).
- Nivel 3: tarjetas disponibles para personas físicas y morales, con un límite mensual de 76,000 pesos (10,000 UDIS).
- Nivel 4: tarjetas que no tienen un límite mensual de depósitos, aunque el banco puede establecer uno conforme a lo pactado con el cliente.
¿Cuáles son los requisitos que deben cumplir los bancos ante el SAT?
Es fundamental considerar que entidades bancarias como BBVA y Banamex tienen la obligación de informar al SAT sobre aquellos clientes que excedan ciertos límites establecidos. Esta obligación se deriva de un fallo emitido por la Primera Sala de la Suprema Corte, que ratificó la constitucionalidad de la fracción IV del artículo 142 de la Ley de Instituciones de Crédito.
De acuerdo con esta resolución, se considera razonable que las autoridades fiscales tengan la facultad de requerir información bancaria con fines tributarios, sin que sea necesaria una autorización judicial previa.
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¿Cómo actuar si mi cuenta bancaria ha sido suspendida?
Es fundamental señalar que el SAT comunica el bloqueo de cuentas y depósitos a través del buzón tributario o de manera personal, siempre que cuente con el correo electrónico registrado del contribuyente o que este sea localizable en su domicilio fiscal; en caso contrario, la notificación se efectúa por estrados.
En el caso de que un contribuyente se vea afectado por el congelamiento de las cuentas en entidades como BBVA, Banamex u otros bancos, tiene la posibilidad de solicitar el levantamiento del bloqueo de sus depósitos bancarios mediante la presentación de alguna garantía alternativa, tales como:
- Depósito en efectivo o carta de crédito emitida por una institución bancaria autorizada.
- Prenda o hipoteca.
- Fianza otorgada por una entidad autorizada.
- Obligación solidaria asumida por un tercero que demuestre su capacidad y solvencia.
- Embargo en la vía administrativa.
- Títulos valor o cartera de créditos del propio contribuyente.
Para obtener más información y si deseas evitar problemas con las autoridades, se sugiere ingresar al sitio web oficial del organismo fiscal.
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