Confirmado | Pueden despedirte del trabajo por llegar tarde: qué dice la ley
Le Ley Federal del Trabajo estable cuáles son las consecuencias de retrasarse en el horario laboral y cuáles son las alternativas. Lee la nota.
La puntualidad suele ser una virtud muy valorada en el ámbito laboral. Sin embargo ante situaciones en las que los empleados lleguen tarde a cumplir con sus tareas, la Ley Federal del Trabajo es clara respecto a cuáles son las consecuencias.
Por lo general, los puestos de trabajo suelen implicar el cumplimiento de un horario de entrada y de salida. Ante ocasiones en las cuales pueden ocurrir surgir imprevistos que demoren a los trabajos, estos corren el riesgo de ser despedidos de su puesto.
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Mientras en el caso de acreditar horas de más, se deben bonificar como "horas extras", los retrasos significar llamados de atención severos.
¿Me pueden echar por llegar tarde al trabajo?
La Ley Federal del Trabajo (LFT) es la máxima autoridad en materia legal que determina los derechos y obligaciones de los empleados de todo el país. Diferente a lo que puede resultar una práctica común en las empresas, la normativa prohíbe el descuento directo del salario por llegadas tarde.
Sin embargo, la LFT estipula consecuencias específicas en casos de retrasos. En su artículo 47 determina cuáles son las sanciones que puede tomar el empleados respecto al personal que aplique a demoras recurrentes y sin justificación que pueden ocasionar hasta despidos.
¿Cuántas veces se puede llegar tarde antes de ser despedido?
La LFT protege al empleado sobre la reducción del salario en caso de llegar tarde al puesto laboral, también contempla los casos ocasionales en los que los retrasos están relacionados a cuestiones personales, descuidos o inconvenientes en el trayecto hacia su trabajo.
En caso de retardos para evitar sanciones graves, el empleado puede dar aviso con anticipación a su superior directo; presentar documentación que respalde la demora; y notificar finalmente la hora de entrada.
Además, se debe tener en cuenta que más allá de los establecido en la ley federal, cada empresa puede tener su propio reglamento interno con condiciones adicionales como labrar actas por tardanzas, descontar "bonos de presencialidad".
El artículo 47 de la LFT establece que acumular más de tres faltas de asistencia en un período de 30 días, sin permiso del patrón o sin causa justificada, podría resultar en la rescisión de la relación laboral.