

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, SCJN, emitió un fallo que modifica las normativas para el traslado de ganado en México. El Tribunal Pleno determinó que varios permisos estatales no son requeridos en el proceso. “La guía de tránsito puede existir como instrumento para acreditar la propiedad”, indicó el máximo tribunal en su resolución.
La decisión fue tomada al resolver la Controversia Constitucional 216/2025, analizada durante la sesión del Pleno el 10 de marzo de 2026. En dicho fallo, la Suprema Corte aclaró que ciertos requisitos locales en Nayarit invadían facultades federales, por lo que su aplicación ha quedado sin efectos desde este momento.
En el comunicado oficial, la Suprema Corte precisó que algunas disposiciones estatales pretendían regular el movimiento de animales a través de autorizaciones locales.

En los hechos, instauraron un esquema estatal que exigía permiso previo para trasladar ganado, señaló el tribunal, algo que contraviene las facultades previstas en la Constitución mexicana.
La Corte valida Ley Ganadera de Nayarit sin filtros obligatorios para traslado de ganado
El fallo establece una distinción entre los documentos que acreditan la propiedad del ganado y aquellos que funcionan como permisos esenciales para su traslado. Los ministros validaron ciertos aspectos de la Ley Ganadera de Nayarit, que reconoce instrumentos administrativos para evidenciar la posesión o transmisión de animales.
De acuerdo con el comunicado, estos mecanismos pueden persistir pues no constituyen un filtro obligatorio para el movimiento del ganado.
“Estas disposiciones se encuentran dentro de la facultad de las entidades federativas para legislar en materia civil y administrativa”, indicó la Corte al sustentar la validez de dichos registros.

Suprema Corte invalida permisos estatales para transporte de ganado
Sin embargo, el Pleno declaró la nulidad de varios artículos de la misma ley que exigían la obtención de permisos estatales antes de transportar o exportar ganado, junto con productos y subproductos pecuarios. Entre estos se encontraban las guías de tránsito foliadas por autoridades locales y autorizaciones emitidas por inspectores.
La Suprema Corte enfatizó que este tipo de controles pertenece al ámbito federal, especialmente en cuestiones sanitarias.
“Estas disposiciones invaden la esfera de competencia de la Federación en lo que concierne a la salubridad general,” concluyó el tribunal, aclarando que los estados no tienen la facultad de imponer autorizaciones previas para la movilización de ganado.













