

En el estado de Washington existe una norma estatal que regula un comportamiento común en diversas partes del mundo, a menudo subestimado por una gran parte de la población, salvo en situaciones extremas como las pandemias. Esta disposición sanciona a aquellos que caminan por la vía pública en estado de enfermedad.
El Código Revisado de Washington (RCW) sistematiza todas las disposiciones legales estatales actualmente vigentes, incluyendo tanto las que han sido aprobadas por la legislatura como las que han sido promulgadas por el gobernador correspondiente. Adicionalmente, también abarca aquellas que han sido aprobadas por la ciudadanía en procesos electorales.
En esta compilación, se encuentra el RCW 70.54.050: sanción por exponer a otras personas a una enfermedad contagiosa. En Washington, esta conducta se categoriza como un delito menor.
Por disposición gubernamental, se sancionará individualmente a estas personas: ¿Qué establece específicamente la normativa en Washington?
De acuerdo con lo dispuesto en el RCW: “Comete un delito menor quien, de forma voluntaria, se exponga en un lugar público de manera que pueda contagiar a otras personas una enfermedad infecciosa, salvo que se trate de un traslado necesario hecho sin poner en riesgo a la población. También incurre en un delito menor la persona que posee la enfermedad y expone a otros sin que estos lo sepan”.
En consecuencia, cualquier individuo que sea consciente de padecer una enfermedad infecciosa y se exponga en espacios públicos, poniendo en peligro a otros, podría enfrentarse a sanciones. Este principio es aplicable incluso si el contacto implica a un número reducido de personas. En este contexto, también podría ser objeto de penalización el hecho de invitar a una persona a su hogar en tal estado sin oportunamente informarle sobre el riesgo.

Castigarán a quienes transiten enfermos: ¿Qué sanciones corresponden en cada situación?
En la ley no se establece una pena particular para este delito, por lo que queda sujeto al esquema de reglas generales. En consecuencia, de acuerdo con la sección 14 del capítulo 1 del Código Criminal de Washington, la persona condenada puede recibir una pena de hasta 90 días de cárcel en una prisión del condado o una multa de hasta 250 dólares.
Es evidente que lo mencionado anteriormente representa las penas máximas; sin embargo, en la práctica no se aplican de manera masiva y, por lo general, se reservan para enfermedades más graves y situaciones específicas, como la omisión de informar sobre la presencia de HIV antes de mantener relaciones sexuales.











