

Cuando un contribuyente mantiene una deuda impositiva sin regularizar, el Servicio de Impuestos Internos de Estados Unidos (IRS) puede iniciar distintas acciones para cobrar el monto adeudado. Antes de avanzar con determinados embargos, la agencia debe enviar los avisos correspondientes y cumplir con los procedimientos establecidos.
Entre las notificaciones más importantes se encuentra el Aviso Final de Intención de Embargo y Notificación de su Derecho a una Audiencia. Este documento informa al contribuyente sobre la deuda y, en determinados casos, le otorga un plazo para solicitar una audiencia y plantear alternativas antes de que el IRS avance con la medida.
El aviso del IRS que no conviene ignorar
Antes de realizar un embargo, el IRS generalmente debe notificar al contribuyente sobre su intención de cobrar la deuda mediante un embargo. El aviso puede incluir información sobre:
- El monto de la deuda tributaria pendiente.
- La intención del IRS de realizar un embargo si la deuda no se resuelve.
- El derecho del contribuyente a solicitar una audiencia de debido proceso de cobro (CDP) dentro del plazo establecido.
La respuesta dentro del período indicado es importante porque puede permitir al contribuyente ejercer sus derechos y analizar opciones para resolver la deuda antes de que se concrete el embargo.
Qué puede pasar si el contribuyente no responde
Si una persona ignora los avisos del IRS y no toma medidas para resolver la deuda, la agencia puede continuar con el proceso de cobro una vez cumplidos los requisitos legales.
Según las circunstancias del caso, el IRS puede recurrir a diferentes mecanismos para recuperar una deuda tributaria, entre ellos:
- Embargo de cuentas bancarias.
- Retención de parte de los salarios.
- Embargo de determinados bienes y activos.
El embargo no significa que todos los bienes del contribuyente sean tomados de manera inmediata. La medida depende del tipo de deuda, las circunstancias particulares y los procedimientos aplicables.













