

Una regla que durante muchos años pasó casi desapercibida ya está fuera del tablero institucional. No se trataba de un trámite menor ni de un detalle administrativo, sino de una condición que definía quién podía llegar a un cargo clave del control del gasto público en un estado concreto del país.
La decisión que tomó la Corte Suprema meses atrás no fue sorpresiva para los especialistas, pero sí marca un punto de quiebre en la forma en que los estados regulan el acceso a ciertos empleos públicos.
El fallo tuvo en su momento un impacto concreto y directo, pero al día de hoy gran parte de la población desconoce el beneficio al que pueden acceder.
La decisión de la Corte Suprema establece un límite claro a los congresos estatales y confirma que hay condiciones que no pueden imponerse sin respaldo constitucional, incluso cuando se trata de cargos de alto nivel.
Adiós al requisito de ser mexicano por nacimiento: qué declaró la Corte Suprema
El Pleno de la Corte Suprema invalidó una porción del artículo 97, fracción I, de la Ley de Fiscalización Superior y Rendición de Cuentas para el estado de Durango. Esa norma exigía que la persona titular de la Auditoría Superior fuera mexicana por nacimiento y que no contara con otra nacionalidad.

Según la resolución, ese requisito no tiene sustento en la Constitución Política Federal. La Corte recordó que sólo la Constitución y las leyes del Congreso de la Unión pueden reservar determinados cargos a personas mexicanas por nacimiento sin otra nacionalidad, algo que no ocurre en este caso.
Al imponer esa condición, el Congreso local de Durango se excedió en sus facultades. Para la Corte Suprema, mantener ese filtro generaba una distinción injustificada que afectaba el acceso a empleos públicos y podía derivar en un trato discriminatorio dentro del ámbito estatal.
Auditoría Superior de Durango y acceso a empleos públicos
Con este fallo, el requisito cambió de manera definitiva. Para encabezar la Auditoría Superior de Durango ya no es obligatorio ser mexicano por nacimiento ni carecer de otra nacionalidad. A partir de ahora, solo basta con ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos.
En este contexto, el Máximo Tribunal ordenó notificar al Congreso del Estado de Durango para que adecúe su legislación a este criterio. El cargo queda abierto también para personas mexicanas por naturalización y para quienes cuenten con doble nacionalidad, siempre que cumplan las demás condiciones legales.
La resolución que tomó la SCJN refuerza una línea constante del tribunal: los congresos estatales no pueden cerrar el acceso a empleos públicos sin un mandato constitucional expreso. En este caso, la Corte dejó claro que el control del gasto público no puede estar sujeto a restricciones que la Constitución no autoriza.













