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Transcurre el primer mes de 2026 y miles de usuarios ya recibieron sus facturas correspondientes al pago del Alumbrado, Barrido y Limpieza (ABL), que durante este año se actualizará mensualmente por inflación.
Con la posibilidad de acceder a importantes descuentos, algunos optan por realizar el pago anual, evitando así las actualizaciones sobre el valor del impuesto.
Sin embargo, existe otro grupo de personas que pueden quedar exentas de este impuesto, siempre que cumplan con determinadas condiciones.

La normativa vigente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) establece que los jubilados, pensionados y personas con discapacidad pueden evitar el pago del ABL, siempre que cumplan con los siguientes requisitos:
- Ser propietarios, copropietarios, usufructuarios o contar con derecho de uso sobre un único inmueble destinado a vivienda familiar.
- Habitar esa propiedad como domicilio permanente.
- No tener otros inmuebles —urbanos o rurales— en ninguna jurisdicción del país.
- Percibir ingresos previsionales que no superen el equivalente a cuatro jubilaciones mínimas (en diciembre de 2025, el tope es de $1.363.518,36).
- Que la Valuación Fiscal Homogénea (VFH) del inmueble no supere los $40.000.000.
Adicionalmente, el beneficio puede aplicarse en los siguientes casos:
- Jubilados y pensionados que alquilan la vivienda: el contrato debe establecer que el inquilino es responsable del pago del ABL.
- Personas que residan en el inmueble bajo la figura legal de usufructo: siempre que cumplan con el resto de los requisitos.
Cómo solicitar la exención del pago del ABL
Para solicitar la exención del impuesto inmobiliario y ABL para jubilados y pensionados, debés seguir estos pasos basados en la información oficial de la AGIP:
- Ingreso al sistema: Entrá a la web oficial: www.agip.gov.ar. Dirigite a la sección “Trámites y tutoriales”.
- En la caja de búsqueda, escribí la palabra “jubilados” y seleccioná el trámite: “Inmobiliario/ABL solicitud de exención jubilados y pensionados”.
- Ingresá tu CUIT o CUIL, marcá la casilla “No soy un robot” y hacé clic en “Siguiente”
- Escribí y confirmá tu correo electrónico para iniciar la solicitud
- Carga de documentación: Deberás adjuntar la siguiente documentación obligatoria en formato PDF, JPG, JPE, PNG o BMP del DNI del beneficiario, último recibo de haber jubilatorio o de pensión, título de la propiedad (si sos inquilino, contrato de locación vigente con obligación de pago; si sos usufructuario, escritura con usufructo) y Formulario de solicitud de exención (Podés descargarlo directamente desde el sitio del trámite, completarlo y adjuntarlo)
- Envío y validación: tildá los campos de aceptación de términos y condiciones y seleccioná “Enviar”
- Validación de correo: Recibirás un email con un link de validación. Es fundamental acceder a ese link dentro de las 72 horas para que el trámite continúe
- Seguimiento: una vez enviado, si no hay inconsistencias, se aprobará la solicitud. Podés realizar el seguimiento del trámite a través del número de ticket que recibirás en el correo de confirmación














