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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) podrá suspender las pensiones de los beneficiarios que incumplan el requisito de residencia.

La Resolución 918/2024 establece que los titulares no podrán permanecer fuera del país por más de 90 días corridos.

Qué es el requisito de residencia y cuándo se incumple

El organismo previsional detalla que el requisito exige no permanecer más de 90 días corridos fuera del país. Esta condición aplica para las prestaciones no contributivas administradas por ANSES.

En la misma línea, se aplica para asignaciones como la AUH, la AUE, la Asignación Familiar por Cónyuge, entre otras.

Para verificar el cumplimiento del requisito, ANSES realizará un cruce de datos con la Dirección Nacional de Migraciones.

Por orden de la Resolución 918: suspenderán las pensiones de quienes viajen fuera del país sin importar el destino, si pasan más de 90 días en el extranjero.
Por orden de la Resolución 918: suspenderán las pensiones de quienes viajen fuera del país sin importar el destino, si pasan más de 90 días en el extranjero.Fuente: ShutterstockShutterstock

Qué pasa cuando se incumple el requisito de residencia

Cuando un titular de las pensiones afectadas por el requisito de residencia permanece más de 90 días fuera del país “se procederá a la suspensión del beneficio hasta tanto la persona titular solicite la activación del mismo y demuestre fehacientemente que se encuentra nuevamente residiendo en el país”.

Cabe mencionar que no todas las pensiones ni asignaciones tienen el mismo efecto jurídico ante una ausencia mayor a los 90 días, por lo que conviene consultar cada caso.

Cómo solicitar la reactivación de una pensión suspendida

La Resolución 918/2024 no establece un artículo ni formulario único para el trámite de solicitud de reactivación de la pensión suspendida por incumplir el requisito de residencia.

En este contexto, ANSES mantiene el trámite “Activar haberes suspendidos de personas jubiladas y pensionadas. El mismo puede ser iniciado de forma virtual con CUIL y Clave de la Seguridad Social mediante la opción ”Reclamar un beneficio no cobrado" o de forma presencial en una oficina con turno.