

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) amplió la lista de medicamentos que pueden comprarse sin receta médica en Argentina.
A través de una nueva disposición publicada en el Boletín Oficial, el organismo público cambió la condición de expendio de diez ingredientes farmacéuticos activos tras evaluar su seguridad, eficacia y trayectoria de uso en el país.
¿Cuáles son los 10 medicamentos que ahora podrán comprarse sin receta?
La disposición 4714/2026 establece que las especialidades medicinales que contengan los siguientes ingredientes farmacéuticos activos, en las concentraciones y presentaciones autorizadas, pasarán a ser de venta libre:
- Trimebutina maleato (100 mg en comprimidos o cápsulas).
- Levocetirizina diclorhidrato (5 mg y 5 mg/ml).
- Fexofenadina clorhidrato (60 mg, 120 mg y 6 mg/ml).
- Dimenhidrinato (50 mg).
- Nafazolina clorhidrato + feniramina maleato (solución oftálmica).
- Olopatadina clorhidrato (solución oftálmica).
- Carboximetilcisteína (jarabe o solución oral).
- Cloruro de aluminio hexahidratado (loción tópica).
- Carbonato de calcio + tintura de árnica montana + nitrato de plata (polvo oral y tópico).
- Ivermectina en loción tópica.
La medida alcanza únicamente a los medicamentos que respeten la dosis, concentraciones y formas aprobadas por la autoridad sanitaria.

¿Por qué ANMAT decidió que ya no será necesaria la receta médica?
El organismo público explicó que la decisión fue tomada después de revisar la evidencia disponible sobre estos medicamentos, incluyendo datos del Sistema Nacional de Farmacovigilancia, la experiencia de uso en el país y los antecedentes de agencias regulatorias internacionales.
De acuerdo con la evaluación técnica, todos estos principios activos permanecieron durante por lo menos cinco años bajo condición de venta bajo receta sin registrar eventos adversos graves que modificaran su perfil de seguridad.
Además, demostraron una relación favorable entre beneficios y riesgos para tratar afecciones de baja complejidad cuando se utilizaron de acuerdo con las indicaciones.
¿Qué deberán hacer los laboratorios tras el cambio de condición de venta?
La disposición también establece que los laboratorios titulares de los certificados deberán adaptar los rótulos, prospectos, envases y demás condiciones de comercialización para reflejar la nueva condición de venta libre, respetando los plazos fijados por la normativa.
No obstante, ANMAT aclaró que los lotes elaborados antes de la entrada en vigencia de la medida podrán seguir comercializándose con su rotulado actual hasta agotar existencias.
Asimismo, las empresas deberán presentar el certificado original de inscripción en el Registro de Especialidades Medicinales (REM) para su actualización o para emisión de una nueva versión del documento.











