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Los conductores que ingresen a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) deben cumplir con una serie de requisitos para circular legalmente. Durante los controles vehiculares, las autoridades pueden solicitar la documentación obligatoria y verificar que tanto el conductor como el automóvil se encuentren en condiciones de circular.

La falta de alguno de ellos puede derivar en una infracción y, según el caso, en la retención del vehículo.

Qué documentación deben llevar los conductores para ingresar a CABA

El artículo 40 de la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449 establece los requisitos indispensables para circular con un automóvil. Entre ellos, exige contar con licencia de conducir habilitante, cédula de identificación del vehículo (verde o azul vigente) y seguro obligatorio vigente.

También establece que el vehículo debe tener las placas de dominio colocadas, legibles y en condiciones reglamentarias, además de contar con matafuegos y balizas portátiles normalizados.

La ley también establece otras condiciones de seguridad, como el uso obligatorio del cinturón de seguridad y el correcto funcionamiento de los sistemas de seguridad del vehículo. Además, los menores de 10 años deben viajar en el asiento trasero, mientras que los menores de 4 años deben utilizar el correspondiente sistema de retención infantil.

Por su parte, la reglamentación establece documentación adicional que puede ser requerida durante los controles, como el documento de identidad y la constancia de la revisión técnica obligatoria (VTV/RTO), cuando corresponda.

Controles vehiculares en CABA: qué documentación deben llevar los conductores para circular y en qué casos la falta de papeles puede derivar en multas o retención del vehículo.
Controles vehiculares en CABA: qué documentación deben llevar los conductores para circular y en qué casos la falta de papeles puede derivar en multas o retención del vehículo.

Qué puede pasar si falta alguno de los papeles

No contar con la documentación exigida puede derivar en una multa durante un control. El Decreto 437/2011, que reglamentó la Ley 24.449, establece el Sistema de Puntos para la Licencia Nacional de Conducir y contempla sanciones económicas y, en determinados casos, el descuento de puntos por distintas infracciones.

En CABA, además, la Ciudad de Buenos Aires informa que ante la falta de determinados documentos puede disponerse la retención del vehículo y el labrado del acta correspondiente.

Estas medidas forman parte de los procedimientos de fiscalización destinados a verificar que los conductores circulen con la documentación y las condiciones exigidas por la normativa.

Qué documentos pueden pedir en un control vehicular en CABA

Ante un control de tránsito, los conductores deben exhibir la documentación requerida por la normativa porteña.

El Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad contempla el documento de identidad, la licencia de conducir vigente, la cédula de identificación del automotor, el comprobante del seguro obligatorio y el certificado de VTV vigente.

Además, el Gobierno porteño señala expresamente que, si el conductor no presenta alguno de estos documentos, el vehículo puede ser retenido y se puede labrar la multa correspondiente. El comprobante del seguro puede presentarse en formato digital.