Judiciales

Caso Silvina Luna: amplían la condena contra Aníbal Lotocki

Así lo resolvió la Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal.

La Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal amplió este jueves la pena contra el cirujano Aníbal Lotocki a 8 años de prisión efectiva y diez de inhabilitación para ejercer la medicina.

El fallo firmado por los jueces Pablo Jantus, Mario Margariños y Alberto Huarte Petite duplicó el lapso resuelto en febrero de 2022 por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº28 al considerarlo responsable por el delito de "lesiones graves reiteradas en cuatro oportunidades" contra Gabriela Trenchi, Silvina Luna, Stefanía Xipolitakis y Pamela Sosa

En aquella oportunidad, el cirujano había asegurado cumplir con todas las normativas de la práctica médica. También, haber utilizado un producto aprobado en los procedimientos y que durante el transcurso de la investigación "le habían faltado el respeto".

Condena contra Aníbal Lotocki 


De acuerdo a la acusación, Aníbal Lotocki le causó lesiones en el cuerpo y en la salud a Pamela Sosa debido a la intervención médica que le practicó en noviembre de 2008 dentro de la clínica "Full Esthetic".


Allí, le colocó un producto de relleno no identificado que contenía microesferas de polimetil metacrilato (PMMA) en lugares en que está prohibido su uso y en cantidades superiores a las sugeridas por los médicos. "Eso le provocó cuatro tumoraciones en glúteos y muslos, con un proceso inflamatorio crónico", aseguró la fiscalía.

Una situación similar atravesó Silvina Luna, que fue intervenida en octubre y noviembre de 2011. Eso le provocó alteraciones anatómicas en los glúteos y en los muslos, lo que fue advertido y documentado por otro médico en junio de 2013. 

En tanto, las lesiones sufridas por Stefanía Xipolotakis se dieron luego de la intervención médica de marzo de 2014 en donde también se le colocó el producto.

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En el juicio, el Ministerio Público estuvo representado por el fiscal Sandro Abraldes, quien en su alegato había pedido la pena de siete años y nueve meses de prisión y la inhabilitación especial para el ejercicio de la medicina por 10 años e inhabilitación por el mismo tiempo para el ejercicio del comercio en el ámbito de la estética y cosmética.

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