La AFIP ahora controla tus ahorros: paso a paso, cómo y qué declarar para no recibir sanciones
El organismo recaudador pondrá la lupa en las inversiones que lleven a cabo los contribuyentes en el país. ¿Cuándo vence el plazo para presentar una declaración jurada?
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) pondrá en marcha una nueva ronda de controles de inversión que realicen los contribuyentes que residan en la Argentina.
Las operaciones financieras en las que hará énfasis comprenderán la compra de dólar MEP y CCL, como también acciones no cotizantes en la Bolsa, plazo fijo, criptomonedas, entre otras.
Es por ello que, las personas físicas están obligadas a realizar una declaración jurada (DDJJ) de carácter determinativa, o bien pagar la suma correspondiente de acuerdo a los impuestos establecidos por el organismo recaudador.
AFIP, ¿qué operaciones financieras hay que declarar?
El organismo recaudador informó cuáles serán las operaciones por la que los contribuyentes deben realizar una DDJJ.
- Dólares bursátiles: MEP y CCL.
- Cedear y ADR: vinculados a los dividendos y no a la compra de acciones.
- Criptomonedas: si fueron vendidas por un valor mayor al de compra, deben declararse en el caso del Impuesto a las Ganancias.
- Acciones no cotizantes en la Bolsa: la AFIP marcó la importancia de tener en cuenta el origen de los fondos utilizados, su declaración y valuación.
- Plazo fijo: los considerados "tradicionales" no pagan impuesto a las Ganancias ni Bienes Personales. Aunque, hay que informar si superan los $ 200.000. Los plazo fijo UVA y en moneda extranjera si deben ser informados.
Operaciones financieras, ¿cuándo hay que realizar la declaración jurada ante la AFIP?
Los contribuyentes deberán presentar una DDJJJ determinativa ante el fisco entre el 12 y 14 de junio.
Quienes deban pagar impuesto a las Ganancias y Bienes Personales tendrán que hacerlo entre el 13 y 25, según el número de CUIT de cada persona.
AFIP, ¿qué es una declaración determinativa?
Según informó el organismo, la declaración jurada de carácter determinativa "es una presentación que se debe realizar ante el organismo en la que se determina el saldo a pagar".
Quienes no deberán cumplir con este paso, serán aquellos titulares cuyos bienes alcanzados y no alcanzados por el impuesto "no supere el monto mínimo de valuación a partir del cual se aplica el gravamen".
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