Incumplimiento fiscal

Bienes personales: AFIP investiga la compra de acciones, cuál es la alícuota, plazos y excepciones

Se trata de movimientos correspondientes al período fiscal 2022, por un monto total de 50.000 millones de pesos en el año. ¿Quiénes quedan alcanzados?

De cara al próximo vencimiento de la presentación de las declaraciones juradas, en junio, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Dirección General Impositiva (DGI), alertó a 4891 contribuyentes que operaron en la compraventa de acciones sin cotización en el mercado bursátil.

Se trata de operaciones correspondientes al período fiscal 2022, por un monto total de 50.000 millones de pesos en el año. En tal sentido, el organismo que conduce Carlos Castagneto recordó que la operatoria se encuentra alcanzada por el Impuesto a las Ganancias con una alícuota del 15%.

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Mediante el uso de los sistemas y bases de datos de la AFIP se logró identificar a casi cinco mil contribuyentes que deberán incluir estas operatorias al momento de declarar su patrimonio anual.

"La AFIP obliga a compradores, vendedores y a la empresa emisora de informar las operaciones de compraventa de acciones que no coticen en bolsa a los 10 días de haberse perfeccionada", indicó Germán Kroll, director de Impuestos & Legales en BDO Argentina.

"La falta de información conlleva multas", advirtió el tributarista y explicó que "si bien, en muchos de los casos, compradores y vendedores particulares no cumplen con esta obligación, las empresas sí lo hacen al contar con personal administrativo capaz de absorber la tarea".

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 En relación a la información que debe suministrarse dijo que es bastante "completa" y que se debe detallar el precio, la cantidad de acciones negociadas, las partes intervinientes, entre otros aspectos.

Se trata de uno de los impuestos que introdujo la reforma de la ley 27.430, recordó Martín R. Caranta, socio en Lisicki Litvin y Asoc. y señaló que el conocimiento de las transacciones se genera a partir de un régimen de información normado en la Resolución General 4697 de AFIP, del 2020.

Las excepciones

La norma obliga a las sociedades que son transadas a informar las operaciones ya sean "parciales, totales, gratuitas u onerosas de acciones participaciones del capital social de sujetos del país", añadió .

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Sin embargo, aclaró Caranta, existen excepciones. "Puede ser que haya habido operaciones no rentables o entre empresas a partir de un valor simbólico frente a situaciones concretas como alto endeudamiento o conflictividad laboral, lo que no genera impuestos". 

Al cierre de cada año fiscal, el ente recaudador, cuenta con información valiosa para verificar que los vendedores de las acciones hayan declarado las operaciones en trato ingresado el Impuesto a las Ganancias del 15% sobre la diferencia entre el precio de venta y su costo, en caso de corresponder. 

"En esta oportunidad, el Organismo está realizando una evaluación ex ante e induciendo a los contribuyentes a que declaren e ingresen el impuesto debido", expresó Kroll.

En tal sentido, la AFIP remitió dichas notificaciones a los involucrados con el objetivo de que consideren correctamente tanto el origen de los fondos utilizados para realizar las operaciones, como su íntegra declaración y correcta valuación.

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