Nueva normativa

El BCRA restringe otra vez la tenencia de divisas de los bancos

Los bancos no podrán modificar su posición en moneda extranjera hasta el 31 de diciembre. Buscan cuidar las reservas durante la transición presidencial.

El Banco Central dispuso la extensión de una norma que impide a los bancos alterar su posición global neta en moneda extranjera. Esto implica una nueva restricción a la demanda de dólares, en el marco de la pérdida de reservas y la volatilidad en la cotización de los dólares paralelos. 

En este caso, aplica a la tenencia de divisas propias de los bancos, que no podrán modificar su posición en moneda extranjera hasta el 31 de diciembre. 

Mediante la Comunicación A7891, el BCRA dispone "prorrogar hasta el 31.12.23 las disposiciones divulgadas por las Comunicaciones "A" 7863 y 7872". De esta manera, extiende lo que había determinado en octubre, estipulando que los bancos no podrán aumentar la posición de contado de moneda extranjera. 

La medida afecta sólo a la posición propia de los bancos, no a los depósitos de los ahorristas.

La decisión llega luego de que se aplicara esa medida hasta fines de octubre y se discontinuara durante casi todo noviembre. 

Por casi un mes, los bancos pudieron realizar modificaciones en sus posiciones en moneda extranjeras. 

Ahora, en cambio, el Banco Central limita la demanda de dólares de los bancos, en un contexto de transición presidencial y escasez de reservas. 

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