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El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha rechazado este viernes 6 de noviembre la petición de la Fiscalía Anticorrupción de investigar al expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero por un presunto delito de malversación, relacionado con las joyas que habría recibido como regalo del rey de Arabia Saudí en 2007, durante su mandato.

La decisión judicial se produce después de que la Policía encontrara más de 60 piezas de joyería en una caja fuerte de su oficina durante un registro realizado en mayo. Entre los objetos intervenidos figuran tres juegos de joyas valorados en más de un millón de euros, cuyo origen y situación patrimonial forman parte de las diligencias judiciales.

La Fiscalía sostenía que el expresidente pudo cometer un delito de malversación al no entregar las piezas a Patrimonio del Estado. Sin embargo, Calama considera que la legislación vigente en 2007 no establecía la obligación de incorporar automáticamente estos regalos al patrimonio público, por lo que descarta ampliar la investigación por ese delito.

Por qué el juez rechaza investigar a Zapatero por malversación

El magistrado fundamenta su decisión en que la Ley de Transparencia, que estableció expresamente restricciones a la aceptación de regalos por parte de altos cargos, no entró en vigor hasta 2013. Por tanto, cuando Zapatero habría recibido las joyas del monarca saudí Abdullah Bin Abdulaziz Al-Saud, no existía una disposición legal que determinara su incorporación obligatoria al patrimonio estatal.

En aquel momento estaba vigente el Código de Buen Gobierno aprobado por el Consejo de Ministros en 2005. No obstante, el juez considera que este instrumento tenía una “evidente naturaleza ética y de autorregulación institucional”, pero carecía de valor normativo suficiente para establecer la titularidad pública de los bienes o ampliar los supuestos del delito de malversación.

Zapatero pide anular pruebas clave del caso Plus Ultra por una posible falta de autorización judicial
Zapatero pide anular pruebas clave del caso Plus Ultra por una posible falta de autorización judicialEFE

Según el auto judicial, una interpretación diferente supondría “convertir pautas de conducta o principios de buen gobierno en auténticas fuentes de incriminación penal”. Calama reconoce que la apropiación de las joyas puede suscitar “reproches de naturaleza ética o política”, aunque insiste en que esa circunstancia no permite considerarlas patrimonio público a efectos penales.

La resolución no supone el cierre de todas las actuaciones contra el expresidente. Zapatero continúa investigado por presuntos delitos fiscales y de contrabando relacionados con las piezas encontradas. Además, el juez ha solicitado a la Policía que determine su fabricante y país de procedencia, después de que un informe de la joyería Yanes cuestionara determinados posibles orígenes a partir del análisis de una marca presente en las joyas.

Qué ocurrirá con la investigación fiscal contra Zapatero y su familia

En una segunda resolución, el juez Calama ha acordado suspender las inspecciones tributarias abiertas por Hacienda a Zapatero, su esposa, sus hijas, el empresario Julio Martínez Martínez y varias sociedades vinculadas a las actuaciones.

La decisión modifica el criterio que el magistrado había mantenido meses atrás, cuando rechazó paralizar las inspecciones al entender que no existía una coincidencia suficiente entre los hechos examinados por la Agencia Tributaria y los investigados judicialmente.

Zapatero pide anular pruebas clave del caso Plus Ultra por una posible falta de autorización judicial
Zapatero pide anular pruebas clave del caso Plus Ultra por una posible falta de autorización judicialEFE

Sin embargo, una nueva solicitud de Hacienda ha llevado al juez a reconsiderar su postura. La Agencia Tributaria pidió suspender el procedimiento para interrumpir los plazos de prescripción ante las dificultades para avanzar en las comprobaciones, debido a la negativa de los afectados a entregar determinada documentación por considerar que podía vulnerar su derecho de defensa.

Calama sostiene que el cambio de criterio no implica “contradicción alguna”, sino que responde a una modificación de las circunstancias procesales. Además, señala que el avance de la investigación ha permitido identificar hechos con posibles consecuencias tributarias.

Entre los elementos examinados figuran un posible entramado societario y financiero, el uso de sociedades instrumentales, la canalización de fondos mediante terceros, operaciones internacionales y la eventual ocultación de documentación económica.

El magistrado considera que estas circunstancias presentan una “evidente potencialidad para incidir de forma directa” en las obligaciones fiscales de los investigados. De este modo, aunque descarta la imputación por malversación, la investigación judicial sobre las joyas y las posibles irregularidades económicas continúa abierta.