Seguridad Social: cuáles son los impuestos que NO deberán pagar las personas con discapacidad
Los ciudadanos que presenten algún tipo de discapacidad no deberán pagar estos impuestos, según las normativas vigentes.
A pesar de todas las medidas inclusivas que cada vez más sectores de la sociedad aplican, las personas con discapacidad a menudo enfrentan barreras y obstáculos que dificultan su participación plena. Las dificultades relacionadas con los ingresos económicos es una de ellas.
Por esa razón, el Gobierno aplica una serie de medidas, como pago de pensiones y excepción de pago de impuestos, para beneficiar a este grupo de ciudadanos, ya que pertenecen a uno de los colectivos más vulnerables en términos financieros.
Los impuestos que no deberán pagar las personas con discapacitad
La Seguridad Social de España explica que las personas que tengan un grado de discapacidad del 33% o más podrá beneficiarse con deducciones o incluso exenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Este impuesto es aplicado de forma anual por Hacienda a los ingresos, pensiones, rendimientos de actividades económicas, salarios, ganancias de capital o rentas del alquiler de los ciudadanos españoles, explicó el portal España Diario.
Sin embargo, las personas que acrediten un grado de incapacidad alto o permanente estarán exentas de pagar el IRPF al Estado si reciben una prestación o pensión.
Además, si estos ciudadanos perciben una prestación por desempleo en modalidad de pago único también estarán exentos de pagar el impuesto de renta anual.
Por otro lado, la ley 41/2003, de 18 de noviembre, que regula los mecanismos de protección del patrimonio de las personas con discapacidad para favorecer la aportación a título gratuito de bienes y derechos al patrimonio de estos colectivos.
Esto significa que tienen el derecho a acceder a una cuenta bancaria gratuita sin tener que pagar comisiones.
¿Cómo solicitar la pensión por discapacidad y dónde tramitarla?
Las personas que necesiten solicitar una pensión por discapacidad deberán presentarse con el DNI o permiso de residencia, documentos que reflejen la situación laboral en el momento de la solicitud y fotocopia compulsada del Certificado de Discapacidad en la dirección provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina, según el domicilio del interesado.
En el caso de las personas que residan en el extranjero, la solicitud se deberá realizar en la dirección provincial del INSS de la provincia donde acredite las últimas cotizaciones en España.