Monotributo 2022: cómo inscribirse por primera vez, paso a paso
Un repaso del procedimiento para registrarse como trabajador independiente. Requerimientos previos, beneficios, obligaciones y modo de pago.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los topes y escalas para el Monotributo 2022 y los contribuyentes que deban recategorizarse, según su facturación, tendrán tiempo para hacerlo hasta el 20 de enero próximo.
Cómo es el trámite que hay que realizar ante el organismo que presiden Mercedes Marcó del Pont, para registrarse en el Monotributo.
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Quiénes pueden inscribirse al monotributo
El Monotributo es un régimen impositivo que tiene como objetivo simplificar los pagos tributarios (Ganancias y el IVA), previsionales (aporte jubilatorio) y de obra social para aquellos que trabajan independientemente con un emprendimiento propio o forman parte de una cooperativa de trabajo.
El régimen tiene una diversidad de categorías según el monto de facturación y el rubro en el que se desenvuelve el contribuyente. En principio, la división más amplia es entre vendedores de productos (muebles) y prestadores servicios. Luego, a cada monotributista se le asigna una categoría en función de si la actividad la lleva a cabo en un local (o no) y del ingreso bruto anual.
La cuota del monotributo es mensual y debe pagarse antes del día 20 de cada mes. Se la puede abonar por transferencia electrónica, por tarjeta de crédito o débito, por débito automático en cuenta, por medio de un cajero automático o cualquier otro medio de pago electrónico admitido por el Banco Central (BCRA), como el VEP (Volante Electrónico de Pagos).
CUIT, el requisito previo
Para tramitar el monotributo el aspirante debe iniciar la solicitud del CUIT mediante el sistema de precarga en la página web de la AFIP. Para realizar el pedido, se debe ingresar con la clave fiscal. En caso de no disponer de una, el contribuyente puede obtenerla con la carga de sus datos de su DNI y luego generar su clave fiscal.
Una vez ingresada la contraseña, la solicitud del CUIT puede realizarse por internet o personalmente en la oficina de AFIP correspondiente al domicilio del aspirante. Para realizar la inscripción vía web se debe adjuntar una imagen del DNI digital (frente y dorso la cédula) y otra del rostro del interesado, declarar el domicilio real, brindar el número de teléfono y la dirección de correo electrónico.
Si el trámite se realiza personalmente, se debe presentar un formulario (por duplicado) que contenga los datos de identificación, domicilio y contacto (e-mail y número de teléfono). También se debe presentar el DNI y su fotocopia de ambas caras. Si el usuario es extranjero, tiene que llevar además el documento de identidad del país de origen y el pasaporte (o cédula de Mercosur), con sus respectivas fotocopias.
Luego, independientemente de si la solicitud se inició vía web, el contribuyente deberá apersonarse en la dependencia de la AFIP correspondiente a su domicilio fiscal, donde se le solicitará el registro de los datos biométricos.
El siguiente paso consiste en ingresar con la clave fiscal en la web de AFIP al sistema registral dentro del panel general y luego seleccionar la pestaña "Registro Tributario". Se desplegará un abanico de opciones, de las cuales se debe elegir "Actividades". Luego aparecerá una ventana donde se debe ingresar la fecha en la que comienza la actividad del contribuyente y una serie de categorías y rubros entre las que el usuario se debe inscribir.
El sistema tardará unas tres horas en concluir el registro. Una vez que el trámite figure como finalizado, el aspirante debe ingresar al portal de Monotributo de la AFIP desde donde se puede terminar de tramitar el CUIT.
El paso a paso para ser monotributista
Ya obtenido el CUIT, el contribuyente debe especificar qué tipo de Monotributo va a requerir:
- Trabajador Independiente: para aquellos que venderán productos o prestarán servicios por su cuenta, con o sin empleados.
- Integrante de una sociedad monotributista: para aquellos que quieran compartir el monotributo. El régimen acepta hasta tres socios, que deben ser todos monotributistas.
- Miembro de una cooperativa: exención del pago de la parte impositiva para aquellos que trabajan en una cooperativa (que debe estar registrada en AFIP) y tienen ingresos brutos anuales menores a $ 466.201,59. Sí deben pagar la obra social y los aportes jubilatorios
- Trabajador Independiente Promovido: para aquellos que realizan una sola actividad y cumplen ciertos requisitos. No pagan la parte impositiva y tienen la opción de abonar o no la obra social.
Ya especificado el tipo de monotributo elegido, el contribuyente debe indicar las actividades a las que se volcará, en qué fechas, los montos de facturación y los datos de los locales. El contribuyente solo se podrá volcar a las actividades que haya declarado en el Sistema Registral (Sistema Registral => Registro Tributario => Actividades).
A continuación, el contribuyente debe especificar si le corresponde o no pagar los aportes jubilatorias con el pago del monotributo. Si es empleado en relación de dependencia y ya paga los aportes por ese método, debe ingresar el CUIT del empleador y la fecha en el que comenzó a trabajar. En este caso, no podrá elegir la obra social, dado que la provee el empleador. Si se determina pagar los aportes con el monotributo, estos se incluyen en la cuota. En caso de que el interesado sea jubilado, como obra social tiene PAMI y debe pagar aportes (salvo que se haya jubilado antes de julio de 1994, en ese caso no pagará aportes).
En cuanto a la obra social, el contribuyente puede elegir el servicio de una de las obras sociales aprobadas por la Superintendencia de Servicios de Salud y luego de terminar el trámite del monotributo debe dirigirse a alguna sede de la obra social elegida para darse de alta. El contribuyente puede unificar aportes de obra social con su cónyuge, siempre y cuando tengan la misma obra social, y extender la cobertura a otros familiares, con un pago adicional por cada uno.
Una vez finalizado el registro, el flamante monotributista deberá presentar la declaración jurada 300/97 en una oficina de ANSES para oficializar el trámite.
Los monotributistas pertenecientes a las categorías A, B, C, D, E, F, G y H pueden acceder a asignaciones familiares por prenatal, por hijo (o hijo con discapacidad) y por ayuda escolar anual. Los que pertenezcan a las categorías I, J y K pueden recibir la asignación familiar por hijo (o hijo con discapacidad) y por ayuda escolar anual por hijo con discapacidad. Los montos dependen por cada categoría.
El sitio de monotributistas de AFIP solicitará la declaración del domicilio del punto de venta para habilitar la emisión de facturas electrónicas. Además, para solicitar la impresión de facturas, notas de crédito, remitos, etcétera, el monotributista deberá solicitar el Código de Autorización de Imprenta.
Según la provincia en la que el monotribusta viva y trabaje, tiene que hacer un trámite para vincular el monotributo de AFIP con los impuestos que paga a nivel provincial.
Una vez ya efectivo el monotributo, si el contribuyente registra cambios sensibles en sus ingresos, montos de alquileres y otros parámetros que se evaluaron a la hora de su categorización, en enero y julio de cada año la AFIP exige la recategorización del monotributista.
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