Monotributistas y autónomos: los grandes perjudicados de la reforma
Si el proyecto de ley del oficialismo no es modificado durante su tratamiento en el Congreso, tributaristas advierten que ocasionará problemas de equidad.
El proyecto de ley sobre el impuesto a las Ganancias que impulsa el presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, comenzará a tratarse en comisiones esta semana, en búsqueda de que se apruebe en marzo. Tributaristas advierten que el debate parlamentario será clave para hacerle las reformas necesarias y, que la modificación en vez de ser un alivio, sea una solución.
La iniciativa del Gobierno nacional busca elevar el piso del mínimo no imponible de 74.810 a 150.000 pesos brutos para los trabajadores en relación de dependencia. De acuerdo al proyecto oficial, significará un beneficio para 1.267.000 empleados y jubilados.
Un asalariado que recibe un salario neto de hasta $124.500 dejará de pagar impuesto a las Ganancias, sea soltero o casado. Sin embargo, un autónomo que gane lo mismo si es soltero pagará a lo largo de un año $215.628 y si es casado con dos hijos tributará $122.439.
"A igual capacidad económica, uno no paga nada y el otro más de $200.000 anuales", indicó el tributarista Cesar Litvin y agregó "es necesario hacerle cambios a esta reforma de Ganancias para que no sea un analgésico, sino un antibiótico. El analgésico calma y el antibiótico cura".
Al respecto, Massa aseguró en una entrevista televisiva que se podría crear una ley aparte para autónomos y monotributistas porque "las escalas son distintas".
Actualmente, la ley del impuesto a las Ganancias diferencia a los empleados en relación de dependencia atribuyéndoles una deducción especial mayor. "Es muy fácil ponerlos en igualdad de condiciones y equiparar modificando la misma ley. Hay que incorporar a los autónomos a la deducción especial que tienen asalariados, empleados públicos y jubilados en el artículo 30, inciso C", explicó Litvin.
El contador y tributarista, Iván Sasovsky, coincidió: "no tiene sentido que vaya en una ley por separado. Se nota que esto es un acuerdo para poder cerrar paritarias, un problema que autónomos no tiene, por eso van por leyes separadas".
Aunque se estima que la pérdida de recaudación será de $40.000 millones, hay consenso que la medida al elevar el poder adquisitivo de los asalariados tendrá un rebote en la recaudación por el aumento del consumo.
Otras cuestiones del proyecto que habría que modificar:
Los especialistas advierten que además de elevar a través de una deducción especial el mínimo no imponible hasta $150.000, es una oportunidad para aprovechar el debate en el Parlamento y hacerle otras reformas estructurales a la ley.
Ajuste por inflación:
Hoy en día el mínimo no imponible (MNI) -que representa la porción del salario que un trabajador necesita para subsistir- se actualiza a través del RIPTE, un índice salarial que históricamente va por detrás de la inflación.
Por ejemplo, en 2019 que se tomó el índice del 2018, la actualización fue del 28,4% cuando el índice de precios al consumidor (IPC) fue de 47,6%. Si se hubiese actualizado por IPC hubiese sido mayor el MNI. Para el año 2020, se tomó la inflación de 2019. El índice fue de 44.7% y la inflación de 53,8%.
Actualización semestral, en vez de anual:
"En este contexto de alta inflación la actualización del MNI no alcanza con que sea anual, debería ser semestral", detalló Litvin porque de caso contrario "ante cualquier recomposición salarial una parte se la lleva el Estado, es una deuda que tienen los legistadores".
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