Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti fijaron posición este martes sobre el recurso que había presentado la defensa del exgobernador tucumano José Alperovich, quién había sido condenado a 16 años de prisión por abuso sexual agravado.

Al respecto, la Corte Suprema de Justicia dejó firme la decisión de encarcelar al dirigente tucumanohoy en prisión domiciliaria por razones de salud, quién había llegado hasta el máximo tribunal en busca de la excarcelación que se le había negado hasta ahora en todas las instancias previas. Para los jueces se trata de un pedido "inadmisible".

La denuncia contra Alperovich fue radicada en 2019 por una sobrina, 35 años menor que el tres veces gobernador, que trabajaba para él en la campaña política electoral que intentaba reubicarlo por cuarta vez en la gobernación de Tucumán en las elecciones de 2019.

El 18 de junio del 2024, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº29, integrado unipersonalmente por el juez Ramos Padilla, condenó a Alperovich por considerarlo responsable de 3 hechos de "abuso sexual simple" y 6 hechos de "abuso sexual agravado por haber sido cometidos con acceso carnal", cometidos entre 2017 y 2018.

Esa misma noche, el magistrado a cargo del juicio oral ordenó la inmediata detención y la prisión preventiva del exfuncionario. Contra esa decisión, la defensa presentó un pedido de excarcelación, a la que la fiscalía se opuso.

"Se ha probado que el ciudadano José Jorge Alperovich cuenta con sobrados medios económicos y relaciones de poder, a punto tal que una serie de testigos han acudido a la sala de audiencias a mentir y protegerlo, lo que incluso ha llevado a la Fiscalía a denunciarlos penalmente. En el escenario presentado, es claro que la prisión preventiva es la única medida cautelar que permite conjurar el evidente y muy elevado riesgo de fuga que surge de la actual situación de José Jorge Alperovich", había destacado, oportunamente, el representante del Ministerio Público.

Ramos Padilla ratificó su decisión de dictar la prisión preventiva, al considerar el "sinfín de pruebas sólidas, precisas y concordantes contra el acusado" que se exhibieron en el debate.

La defensa apeló al sostener que se vulneró la presunción de inocencia y que las condiciones económicas del imputado, por sí solas, no constituyen un riesgo de fuga.

Pero la Cámara Nacional de Casación Penal rechazó el planteo y entendió que los argumentos de la defensa relativos a las condiciones de arraigo y a la conducta procesal de Alperovich "no resultan suficientes para conmover los fundamentos del a quo que han sido recogidos en esta resolución, ni las medidas alternativas aparecen bastantes para contrarrestar el riesgo aludido".

Los abogados de Alperovich entonces presentaron un recurso extraordinario que llegó en queja a la Corte Suprema de Justicia. Pero los jueces rechazaron la presentación por considerarla inadmisible, a través del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación Argentina.

Según la investigación, los delitos ocurrieron entre el 14 de diciembre de 2017 y el 26 de marzo de 2018 en las ciudades de San Miguel de Tucumán y Yerba Buena, y en un departamento de Alperovich en el barrio porteño de Puerto Madero, momento en el que ocupaba una banca en el Senado nacional. "

Para el fiscal, Alperovich se valió de su superioridad para concretar los abusos. "Avasalló totalmente a la víctima, la convirtió en un objeto de su placer sexual", se afirmó.

En los fundamentos de la condena, el tribunal afirmó que "medió violencia, abuso coactivo e intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad y de poder, aprovechándose de que la víctima no haya podido consentir los actos. Alperovich abusó de su sobrina segunda valiéndose de la asimetría de poder que tenía frente a ella. Él era su jefe, detentaba un poder político de inmensa magnitud en la Provincia".