

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) mantiene activa una moratoria previsional clave para que los trabajadores que no cumplan con los 30 años de aportes puedan acceder a una jubilación. Se trata de un plan que permite regularizar la deuda de manera anticipada y garantizar el acceso al sistema jubilatorio.
Quiénes pueden acceder a la moratoria previsional
El organismo detalló que el programa está dirigido a mujeres de entre 50 y 59 años y a hombres de 55 a 64 años. La medida busca que los trabajadores comiencen a ordenar su situación previsional con tiempo y evitar complicaciones cuando llegue el momento de jubilarse.

Aplica tanto a quienes se desempeñan en relación de dependencia como a quienes son autónomos o monotributistas. El régimen fue establecido por la Ley 27.705 y permite regularizar aportes desde los 18 años de edad hasta marzo de 2012, inclusive.
Cómo se tramita la moratoria de ANSES
Lo primero que se debe hacer es ir a Mi ANSES y consultar el historial laboral. En la opción se verificará los aportes registrados y se sabrá cuánto años faltan completar. En la misma línea, se aconseja revisar los años trabajados como independiente. La consulta se realiza a través del Sistema de Información para Contribuyentes Autónomos y Monotributistas (SICAM), que depende de la ARCA.

Luego, entro del portal de ANSES, se debe ingresar a la opción “Solicitud de Prestaciones” para posteriormente ir a “Plan de pago de deuda previsional para trabajadores”. El sistema habilitará a seleccionar los periodos a cancelar y generará un Volante Electrónico de Pago (VEP).
Una vez realizado el pago, el mes quedará acreditado de forma automática. También existe la posibilidad de solicitar un turno y acercarse a una oficina de ANSES para recibir asesoramiento personalizado.
Cuándo cobran los jubilados en marzo
Jubilaciones y pensiones que no superen el haber mínimo
- DNI terminado en 0: 9 de marzo
- DNI terminado en 1: 10 de marzo
- DNI terminado en 2: 11 de marzo
- DNI terminado en 3: 12 de marzo
- DNI terminado en 4: 13 de marzo
- DNI terminado en 5: 16 de marzo
- DNI terminado en 6: 17 de marzo
- DNI terminado en 7: 18 de marzo
- DNI terminado en 8: 19 de marzo
- DNI terminado en 9: 20 de marzo
Jubilaciones y pensiones que superen el haber mínimo
- DNI terminados en 0 y 1: 20 de marzo
- DNI terminados en 2 y 3: 25 de marzo
- DNI terminados en 4 y 5: 26 de marzo
- DNI terminados en 6 y 7: 27 de marzo
- DNI terminados en 8 y 9: 30 de marzo













