Jubilados y ANSES: la Justicia falló en contra del pedido de Juntos por el Cambio para anular el canje de deuda
Un grupo de diputados había realizado una presentación judicial en contra de la medida que había anunciado Sergio Massa, que ahora quedó desestimada.
La Justicia le dio un revés al intento de varios diputados de la oposición que intentaron poner un freno al canje de bonos que lanzó el Ministerio de Economía. Mediante el expediente 13681/2023, el fuero en lo Contencioso Administrativo Federal rechazó el amparo presentado semanas atrás.
La medida judicial había sido presentada por un grupo de legisladores compuesto por Graciela Ocaña, Hernán Lombardi, Pablo Torello, Ana Clara Romero, Virginia Cornejo, Gabriel Mraida, Fernando Iglesias, Soher El Sukaria, Ingrid Jetter, Sabrina Ajmechet, María Inés Quiroz, José Núñez, Dina Rezinovsky y Alejandro Finnocchiaro.
Los diputados -junto a cuatro jubilados- habían solicitado que, con carácter de medida cautelar urgente, se dispusiera de la suspensión de lo dispuesto en el Decreto 163/2023 y en los artículos. 2 y 3 del Decreto 164/2023.
En primer lugar, la justicia rechazó que los diputados tengan legitimación sustentada en la calidad de diputados de la Nación entendiendo que la mencionada calidad parlamentaria no les legitima para actuar en resguardo de la división de poderes. Para la justicia "es indudable que las diputadas y los diputados demandantes no lo representan en juicio".
El caso de los jubilados
En segundo lugar, la justicia rechazo la legitimación de los jubilados entendiendo que este carácter "no confiere legitimación suficiente para ocurrir a la jurisdicción, pues la invocación de tal condición sin la demostración de un perjuicio concreto, es insuficiente para sostener la legitimación a los fines de impugnar la constitucionalidad de una norma".
Por último, la justicia resalto que "en la medida que la actora no demuestra la existencia de un interés concreto, inmediato y sustancial propio, corresponde rechazar in límine la acción intentada. No basta cualquier interés, sino que se torna indispensable un interés calificado".
Por este motivo, la justicia resolvió "Rechazar in limine la demanda invocada".
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