

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) mantiene un régimen jubilatorio especial que permite tramitar una jubilación anticipada con 20 años de aportes.
A diferencia de una moratoria previsional, no se trata de una compra de periodos de aportes faltantes, sino que busca proteger a los trabajadores que sufren alguna disminución física.
Cómo acceder a la jubilación anticipada y cuáles son los requisitos
El organismo a cargo de Sandra Pettovello mantiene activo un régimen previsional para los trabajadores que hayan sufrido una disminución física.
Podrá ser tramitado por los empleados en relación de dependencia a partir de los 45 años. Para los autónomos y monotributistas será a partir de los 50 años.

En ambos casos, se debe acreditar 20 años de servicios con aportes y que en los últimos 10 años previos al cese de tareas (o solicitud del retiro) se haya trabajado en un estado de disminución física mayor al 33%.
Qué documentos son necesarios para tramitar la jubilación anticipada
Quienes deseen iniciar el trámite de solicitud deberán acercarse de forma presencial a una oficina de ANSES con turno previo. Los documentos que se deben reunir varían si el solicitante se desempeñó como trabajador en relación de dependencia o autónomo/monotributista.
Trabajadores en relación de dependencia
- DNI
- Formulario “Declaración Jurada sobre la eventual percepción de prestación no adheridas al SIPA o en FF.AA.” (PS 6.284) firmado por el solicitante.
- Formulario “Certificación de Servicios y Remuneraciones” (PS 6.2).
- Formulario de “Afectación de Haberes” (PS 6.1) debidamente certificado si trabajó en un organismo nacional y su haber tuvo descuentos de seguro de vida o préstamo.
- Formulario “Derivación de Aportes de Obra Social” (PS 5.7), si se desea elegir la misma obra social de su actividad laboral.

Desde su página oficial explican que, en caso no se cuente con certificación de servicios, podrá presentarse recibos de sueldo con aportes, comprobante de afiliación a obras sociales y/o gremios, original y copia, constancia de afiliación anterior a la asignación del CUIL (ex cajas), original y copia o el formulario DDJJ Testimonial Acreditación de Servicios (PS 6.8).
Trabajadores autónomos y monotributistas
- Formularios 558/A – 558/B y 558/C “Solicitud de Determinación de Deuda y Situación de Revista Autónomos – Declaración Jurada – SICAM” de ARCA.
Cuándo cobran los jubilados en mayo
El organismo dará inicio al calendario de pagos de mayo el lunes 11 para los jubilados y se extenderá hasta el viernes 29. Se liquidarán los haberes según el siguiente esquema:
Jubilados y pensionados que cobran la mínima
- DNI terminados en 0: lunes 11 de mayo
- DNI terminados en 1: martes 12 de mayo
- DNI terminados en 2: miércoles 13 de mayo
- DNI terminados en 3: jueves 14 de mayo
- DNI terminados en 4: viernes 15 de mayo
- DNI terminados en 5: lunes 18 de mayo
- DNI terminados en 6: martes 19 de mayo
- DNI terminados en 7: miércoles 20 de mayo
- DNI terminados en 8: jueves 21 de mayo
- DNI terminados en 9: viernes 22 de mayo
Jubilados y pensionados con haberes superiores al mínimo
- DNI terminados en 0 y 1: viernes 22 de mayo
- DNI terminados en 2 y 3: martes 26 de mayo
- DNI terminados en 4 y 5: miércoles 27 de mayo
- DNI terminados en 6 y 7: jueves 28 de mayo
- DNI terminados en 8 y 9: viernes 29 de mayo


















