Impuesto a la herencia: cuánto se paga en provincia de Buenos Aires y cuánto recauda
La firma del Consenso Fiscal abre la puerta a que más provincias apliquen el impuesto a la herencia. El caso de la provincia de Buenos Aires, donde se cobra desde el 2011.
El Consenso Fiscal que se firma esta tarde entre el Gobierno Nacional y las provincias abre la puerta al regreso de un impuesto a la herencia, que fue eliminado por la última dictadura militar. Sin embargo, el gravamen se aplica en la provincia de Buenos Aires desde 2011. ¿Cuánto se paga por la herencia y cómo impacta en la recaudación bonaerense la tasa?
El acuerdo del Consenso Fiscal, que se firmará también para suplir el fracaso del Presupuesto 2022 en el Congreso, fijará topes para alícuotas como la ingresos brutos pero permitirá también que las provincias que estén por debajo de esos máximos, aumenten las tasas.
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En el caso del impuesto a la herencia o al legado, se habilitará a que se sumen el gravamen para los aumentos de riqueza para personas humanas o jurídicas. Se trata de un impuesto a la transmisión de bienes pero también alcanza legados, donaciones y anticipos de herencia, es decir, transferencias que generen un aumento patrimonial "a título gratuito".
El modelo que se aplica en la Argentina tiene como protagonista a la provincia de Buenos Aires, donde rige hace una década, desde 2011.
¿cuándo se paga el impuesto a la herencia?
Según el detalle de ARBA, la Agencia de Recaudación de Buenos Aires, solo tributan el impuesto a la Transmisión Gratuita de Bienes "los actos entre vivos desde el 1 de enero del año 2011 en adelante" y en el caso de transmisiones por causa de muerte, los fallecimientos posteriores a 2010.
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Se aplica a los bienes y residentes en territorio bonaerense y las alícuotas rigen a partir de la cesión o transmisión de bienes por más de $1.344.000 cuando se trata del núcleo familiar directo -de padres a hijos o cónyuges- mientras que cuando son herencias de abuelos, tíos y otros parentescos o desconocidos, el impuesto se aplica a partir de los 322.800 pesos.
¿Cómo se calcula el impuesto a la herencia?
Para determinar el valor del usufructo temporario se toma el 20% (20%) del valor del bien por cada período de diez años, sin computar las fracciones.
Para determinar el valor del usufructo vitalicio se considera como parte del valor total del bien de acuerdo a la edad del usufructuario y la cuota. Si quien hereda tiene hasta 30 años, rige el 90% de la cuota. De más de 30 años hasta 40 años, el 80%, y así va bajando a medida que sube la edad. Cuando el heredero tiene más de 70 años, corresponde el 20% de cuota.
El impuesto puede resultar en que no haya que pagar según los bienes, el parentesco y la edad, pero siempre es necesario presentar la declaración.
¿Cuánto recauda la provincia por la herencia?
El impuesto, que fue destacado como un gravamen progresivo por la ex ministra de Economía de la provincia de Buenos Aires, Silvina Batakis, hoy en el Ministerio del Interior de Nación, tiene bajo impacto en la recaudación bonaerense.
Según los datos de la Provincia, en lo que va del año, la recaudación por el impuesto a la herencia llegó a los $ 1.200 millones, mientras que la recaudación bonaerense totaliza $ 640.000 millones en lo que va del año, por lo que representa alrededor del 0,2% de los ingresos por impuestos.
En ese marco, fuentes de la administración bonaerense anticiparon que se prevé recaudar para este año unos $ 2.200 millones por el impuesto a la transferencia de bienes.
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Alvaro Ramiro Fuentes
Desastrosa redacción de la nota. ¿De cuánto es la alícuota del impuesto? Dato elemental que nunca es dicho por la autora, que no debe tener la menor idea del tema. Penoso.
guillermo acosta
en general los planeros polenteros son pro-impuesto a la herencia, es que quieren la del otro hasta en ese tema..pedirle al padre que labure no està en su saber y entender...
Sergio DarÃo
A los efectos legales existen personas "Físicas" y "Personas Jurídicas". Personas humanas, parece una redundancia dicha por un pibe que no terminó la escuela primaria...
Sergio DarÃo
A los efectos legales existen personas "Físicas" y "Personas Jurídicas". Personas humanas, parece una redundancia dicha por un pibe que no terminó la primaria...