Si una persona jubilada decide volver a trabajar, no perderá su pensión, pero deberá cumplir con una obligación clave: notificar el reingreso a ANSES y pagar aportes previsionales.

El descuento será del 11% sobre el salario, destinado al Fondo Nacional de Empleo. Este aporte no genera derecho a reajuste en la jubilación, ya que no se computa para aumentar el haber.

¿Quiénes deben informar el reingreso?

La medida alcanza a jubilados que vuelvan a trabajar en relación de dependencia o como autónomos. El trámite es obligatorio y debe realizarse en una oficina de ANSES sin turno previo.

Casos especiales

  • Jubilación por invalidez: no se permite volver a trabajar en relación de dependencia. Si ocurre, se suspende el pago de la prestación. Solo se admite actividad autónoma.
  • Regímenes especiales (tareas riesgosas o insalubres): no se puede regresar a empleos con las mismas condiciones.
  • Retiro estatal y empleo público: si el jubilado trabaja en la administración pública, debe optar entre el sueldo o la prestación previsional.

Documentación necesaria

  • DNI.
  • Último recibo de cobro.
  • Formulario PS 6.10 (Declaración de Reingreso), firmado por el jubilado y el empleador, con certificación bancaria, previsional, judicial o notarial.
Gobierno les quitará un 11% de la pensión a quienes trabajen después de los 60 años
Gobierno les quitará un 11% de la pensión a quienes trabajen después de los 60 años

¿Cómo hacer el trámite?

  1. Verificar datos personales y vínculos familiares en Mi ANSES.
  2. Reunir la documentación y certificar las firmas.
  3. Presentarse en una oficina de ANSES con todos los papeles.

¿Por qué se aplica el descuento?

El aporte del 11% busca sostener el sistema previsional y garantizar el financiamiento del Fondo Nacional de Empleo. Aunque el jubilado vuelve a aportar, estos pagos no modifican el haber ni generan beneficios adicionales.

¿Qué pasa en caso de que no se informe?

No declarar el reingreso puede generar sanciones y problemas en la liquidación de haberes. Por eso, ANSES recomienda cumplir el trámite apenas se retome la actividad.