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Los trabajadores englobados en la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys) cobrarán en diciembre próximo los haberes de noviembre con un aumento del 11% junto a la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC).

Las cifras brutas calculadas sobre el básico del convenio CCT 130/75 de abril, impactarán en las seis categorías bajo el concepto de aumento no remunerativo, es decir que no están sujetas a descuentos de obra social, jubilación o deducción gremial.

Además, de acuerdo a las cláusulas selladas entre el gremio conducido por Armando Cavalieri y las cámaras empresarias en la revisión de agosto, los incrementos tampoco computarán para el cálculo del medio aguinaldo a liquidarse en el último mes del año, como tampoco horas extras y vacaciones.

"EI mencionado incremento del 59.5% se abonará en forma de asignación no remunerativa (Art. 6 Ley 24.241), en su valor nominal y no acumulativamente", detalla el inciso A del texto convalidado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

EMPLEADOS DE COMERCIO: QUÉ SE DEBE TOMAR EN CUENTA PARA EL CÁLCULO DEL AGUINALDO DE DICIEMBRE

Los Empleados de Comercio alcanzados por el convenio CCT 130/75 deberán considerar únicamente los conceptos de naturaleza "remunerativa" que conforman el salario del trabajador y que se devengan en forma mensual.

Contrariamente, no deberán tomar aquellos que no incluyan este último carácter, tal como los incrementos acordados por la Faecys y las cámaras empresarias y que recién se incorporarán al básico en enero 2023.

"Sobre los importes que resulten del incremento pactado en el presente acuerdo - mientras mantengan su condición de No Remunerativos, no se aplicará ningún equivalente respecto de los adicionales previstos en el CCT 547/08, ni tampoco computarán para el cálculo del sueldo anual complementario", puntualiza el acuerdo.

EMPLADOS DE COMERCIO: DE CUÁNTO ES EL BÁSICO VIGENTE PARA HACER EL CÁLCULO DEL AGUINALDO DE DICIEMBRE 2022

MAESTRANZA

  • MAESTRANZA CATEGORÍA A: BÁSICO DE $87.188,65 + AUMENTO NO REMUNERATIVO DE $ 51.877,24;
  • MAESTRANZA CATEGORÍA B: BÁSICO DE $87.441,01 + AUMENTO NO REMUNERATIVO DE $ 52.027,40;
  • MAESTRANZA CATEGORÍA C: BÁSICO DE $88.325,25 + AUMENTO NO REMUNERATIVO DE $ 52.553,52.

ADMINISTRATIVO

  • ADMINISTRATIVO CATEGORÍA A: $88.135,92 + AUMENTO NO REMUNERATIVO DE $ 52.440,88;
  • ADMINISTRATIVO CATEGORÍA B: $88.515,16 + AUMENTO NO REMUNERATIVO DE $ 52.666,52;
  • ADMINISTRATIVO CATEGORÍA C: $88.894,10 + AUMENTO NO REMUNERATIVO DE $ 52.891,99;
  • ADMINISTRATIVO CATEGORÍA D: $90.031,28 + AUMENTO NO REMUNERATIVO DE $ 53.568,61;
  • ADMINISTRATIVO CATEGORÍA E: $90.978,63 + AUMENTO NO REMUNERATIVO DE $ 54.132,29;
  • ADMINISTRATIVO CATEGORÍA F: $92.368,44 + AUMENTO NO REMUNERATIVO DE $ 54.959,22.

CAJEROS

  • CAJEROS CATEGORÍA A: $88.451,66 + AUMENTO NO REMUNERATIVO DE $ 52.628,74;
  • CAJEROS CATEGORÍA B: $88.894,07 + AUMENTO NO REMUNERATIVO DE $ 52.891,97;
  • CAJEROS CATEGORÍA C: $89.462,64 + AUMENTO NO REMUNERATIVO DE $ 53.230,27.

AUXILIAR

  • AUXILIAR CATEGORÍA A: $88.451,66 + AUMENTO NO REMUNERATIVO DE $ 52.628,74;
  • AUXILIAR CATEGORÍA B: $89.083,39 + AUMENTO NO REMUNERATIVO DE $ 53.004,62;
  • AUXIILIAR CATEGORÍA C: $91.168,17 + AUMENTO NO REMUNERATIVO DE $ 54.245,06.

AUXILIAR ESPECIALIZADO

  • AUXILIAR ESPECIALIZADO A: $89.210,05 + AUMENTO NO REMUNERATIVO DE $ 53.079,98;
  • AUXILIAR ESPECIALIZADO B: $90.347,00 + AUMENTO NO REMUNERATIVO DE $ 53.756,46

VENDEDOR

  • VENDEDOR CATEGORÍA A: $88.451,66 + AUMENTO NO REMUNERATIVO DE $ 52.628,74;
  • VENDEDOR CATEGORÍA B: $90.347,23 + AUMENTO NO REMUNERATIVO DE $ 53.756,60;
  • VENDEDOR CATEGORÍA C: $90.978,63 + AUMENTO NO REMUNERATIVO DE $ 54.132,29;
  • VENDEDOR CATEGORÍA D: $92.368,44 + AUMENTO NO REMUNERATIVO DE $ 54.959,22.