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Empleados de Comercio: en medio de la revisión paritaria, se firmó un nuevo convenio, ¿cuáles son las categorías que se suman?

La federación, encabezada por Armando Cavalieri, firmó un convenio laboral con la cámara de comercio CASEL que establece los términos y condiciones de empleo de los trabajadores del sector de la seguridad electrónica.

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La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) firmó un nuevo convenio colectivo para representar a trabajadores de sistemas de seguridad electrónica. Asimismo, la Cámara Argentina de Seguridad Electrónica (CASEL) celebró la nueva medida, que se extenderá a todo el país.

El convenio entre FAECYS, que lideró Cavalieri, y la cámara de comercio busca vender, instalar y mantener sistemas electrónicos de seguridad a nivel nacional. Asimismo, el nuevo acuerdo se configura como un anexo al CCT 130/75, convenio general de sociedades mercantiles, que será de aplicación cuando las condiciones no sean expresas por éste.

Por otra parte, también se definieron en el capítulo tercero del acuerdo, los detalles para las distintas categorías y en el apartado cuarto se determinan cuestiones relativas a la retribución.

Empleados de Comercio: los detalles de las categorías del nuevo acuerdo de FAECYS

Las categorías laborales definidas en el Capítulo III del convenio tienen su equivalencia en el CCT 130/75, manteniendo los salarios básicos y adicionales iguales a este último.

Además, se dispuso que las empresas que abonan un salario superior al establecido en este convenio, liquidarán la diferencia entre el sueldo básico y el salario más alto como adicional de empresa.

Sin embargo, este añadido recibirá el mismo incremento salarial que los salarios de convenio, preservando así el poder adquisitivo de los trabajadores.

Empleados de Comercio: las nuevas licencias del acuerdo de FAECYS

Además de las licencias acordadas en el CCT 130/75, el nuevo convenio colectivo incluye licencias adicionales como:

  • Licencia por situación de violencia de género: las trabajadoras afectadas en una situación de violencia dispondrán de 5 días de licencia con goce total de remuneraciones.
  • Licencia para padres no biológicos: en casos de nacimiento, paternidad no biológica y/o adopción, el personal masculino tendrá derecho a una licencia de 4 días hábiles.
  • Licencia para madres adoptivas y/o no biológicas: en estos casos, tendrán derecho a una licencia con goce de haberes de hasta 90 días corridos.

Cabe aclarar que el acuerdo excluye a aquellos trabajadores de la cámara que presten servicios de seguridad humana y de custodia personal.

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