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Empleadas domésticas: por nuevas subas en aportes de AFIP, ¿cuánto cobran las trabajadoras de casas particulares?

Los montos varían según de la cantidad de horas de trabajo. Conocé cómo se calculan los valores y a qué porcentajes subirán.

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La cobertura de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) del personal doméstico de casas particulares aumentará a partir de junio de 2023. En tanto a la obra social y a la jubilación, es decir, los aportes voluntarios, no cambiarán por el resto del año.

La parte de la ART se paga en el mes en curso, mientras que la cobertura jubilatoria y la de salud son a mes vencido. Por eso, el mes que suben las remuneraciones, también se incrementa la cuota a la ART.

Empleadas domésticas: aportes obligatorios

Es importante destacar que los aportes obligatorios tienen tres componentes que se actualizan de acuerdo a diferentes parámetros. El primero de ellos es el monto destinado a la cobertura de la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART), que equivale a una proporción del sueldo. El segundo es el monto destinado a la obra social (aporte del trabajador) y el tercero corresponde a la jubilación (contribución patronal), ambos incrementándose una vez al año.

En el caso de los trabajadores que no lleguen a las 16 horas semanales y cuyo aporte obligatorio sea menor, pueden sumar los aportes de varios empleadores con menos de 16 horas semanales para tratar de completar el monto mínimo mensual

Si aun así no llegan al mínimo, la diferencia se debe abonar a través de aportes voluntarios con el Formulario 575/RT o a través de un volante electrónico de pago (VEP) que se puede generar en el sitio web oficial de la AFIP.

En casos especiales los trabajadores jubilados no pagan el componente de la obra social. En tanto, los menores de edad (de 16 o 17 años) no abonan el aporte jubilatorio.

Empleadas domésticas: aportes obligatorios servicio doméstico 2023

Vencimiento de mayo 2023 (período abril 2023)

Horas trabajadas por semana

Total, a pagar

Aportes obra social

Contribuciones jubilación

ART

Menos de 12$ 1.630,48$ 248,43$ 87,69$1.294,36
Desde 12 a menos de 16$ 2.576,83$ 460,35$ 175,34$ 1.941,14
16 o más$ 6.195,54$ 3.061,75$ 255,75$2.878,04

Vencimiento de abril 2023 (período marzo 2023)

Horas trabajadas por semana

Total, a pagar

Aportes obra social

Contribuciones jubilación

ART

Menos de 12$ 1.534,13$ 248,43$ 87,69$ 1.198,01
Desde 12 a menos de 16$ 2.443,06$ 460,35$ 175,34$1.807,37
16 o más$ 6.007,57$ 3.061,75$ 255,75$2.690,07

Vencimiento de marzo 2023 (período febrero 2023)

Horas trabajadas por semana

Total, a pagar

Aportes obra social

Contribuciones jubilación

ART

Menos de 12$ 1.409,40$ 248,43$ 87,69$1.073,28
Desde 12 a menos de 16$ 2.243,49$ 460,35$ 175,34$1.607,80
16 o más$ 5.699,60$ 3.061,75$ 255,75$2.382,10

Vencimiento de febrero 2023 (período enero 2023)

Horas trabajadas por semana

Total, a pagar

Aportes obra social

Contribuciones jubilación

ART

Menos de 12$ 1.380,66$ 248,43$ 87,69$1.044,54
Desde 12 a menos de 16$ 2.197,51$ 460,35$ 175,34$ 1.561,82
16 o más$ 5.628,63$ 3.061,75$ 255,75$ 2.311,13

Nuevo aumento en los aportes de las empleadas domésticas en junio: cómo quedan las escalas

A las empleadas domésticas les corresponde otro aumento en sus haberes luego del implementado en febrero y marzo. Asimismo, la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares acordó junto al Gobierno las subas del convenio salarial vigente, el aporte a la ART y la cuota total a pagar a la AFIP también aumentará.

Así, el aporte total obligatorio, con los tres componentes es el siguiente (según la fecha de vencimiento):

  • Enero 2023 (período diciembre 2022): $ 4.117,90.
  • Febrero 2023 (período enero 2023): $ 5.628,63
  • Marzo 2023 (período febrero): $ 5.699,60
  • Abril 2023 (período marzo): $ 6.007,57
  • Mayo 2023 (período abril): $ 6.195,54.

¿Cuándo vencen los aportes?

El pago mensual del aporte obligatorio vence los días 10 de cada mes y el aporte voluntario (diferencia o cobertura de grupo familiar) los días 15. Se puede abonar con un Volante Electrónico de Pago (VEP) que se genera en la web de la AFIP o en forma manual a través del Formulario 102/RT.

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