

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) confirmó el pago del bono de $ 70.000 para jubilados y pensionados con ingresos más bajos en febrero 2026 e informó cómo quedan los haberes.
El organismo previsional a cargo de Fernando Baerzi oficializó la medida a través del Decreto 65/2026 publicado este jueves en el Boletín Oficial.
El bono de $ 70.000 se mantendrá en febrero, aunque no todos los prestatarios podrán recibir el beneficio. En la misma publicación, se detallaron los requisitos para acceder a este adicional.
La medida se complementa con un aumento mensual por inflación, en línea con la normativa vigente, en busca de reforzar el poder adquisitivo de los jubilados en el segundo mes del año.
El organismo previsional oficializó hace unos días una suba del 2,85%, correspondiente a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) de diciembre de 2025.
Bono de $ 70.000: quiénes lo cobran
El bono extraordinario de $ 70.000 fue confirmado por el Gobierno nacional para febrero de 2026. Este refuerzo no se actualiza por inflación y está dirigido exclusivamente a quienes perciben los haberes más bajos.
La modalidad de pago es la siguiente:
- Se paga de forma completa a quienes cobran la jubilación mínima.
- Se otorga de manera proporcional a quienes perciben haberes superiores, hasta alcanzar el tope definido por ANSES.
- Se deposita junto con el haber mensual, sin trámites adicionales.
Cómo quedan las jubilaciones en febrero 2026 con aumento y bono
Con el aumento del 2,85% y el refuerzo extraordinario, los ingresos totales a cobrar en febrero serán:
- Jubilación mínima: $429.219,42
- Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM): $357.375,54
- Pensiones no contributivas: $321.453,59
- Pensión para madres de siete hijos: $429.219,42
Estos valores representan el ingreso final que percibirán los beneficiarios durante el mes.

Calendario de pagos ANSES: cuándo cobran los jubilados en febrero
El cronograma de pagos de ANSES comenzará el 9 de febrero para quienes cobran el haber mínimo y se extenderá hasta el 27 de febrero para jubilaciones que superan ese monto, según la terminación del DNI.
Jubilaciones y pensiones que no superan el haber mínimo:
- DNI terminados en 0: 9 de febrero
- DNI terminados en 1: 10 de febrero
- DNI terminados en 2: 11 de febrero
- DNI terminados en 3: 12 de febrero
- DNI terminados en 4: 13 de febrero
- DNI terminados en 5: 18 de febrero
- DNI terminados en 6 y 7: 19 de febrero
- DNI terminados en 8 y 9: 20 de febrero (adelantado por feriado de Carnaval)
Jubilaciones y pensiones que superan el haber mínimo:
- DNI terminados en 0 y 1: 23 de febrero
- DNI terminados en 2 y 3: 24 de febrero
- DNI terminados en 4 y 5: 25 de febrero
- DNI terminados en 6 y 7: 26 de febrero
- DNI terminados en 8 y 9: 27 de febrero













