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Detrás de buena parte de los reclamos judiciales iniciados por jubilados y pensionados que cuestionan el pago del impuesto a las Ganancias suele aparecer un antecedente: el fallo “García”.

La sentencia, dictada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en 2019, resolvió el caso de una jubilada de Entre Ríos y desde entonces comenzó a ser citada en numerosos reclamos presentados ante la Justicia Federal.

Un antecedente que dio lugar a nuevos reclamos judiciales

El expediente comenzó con la demanda presentada por María Isabel García, una jubilada de Entre Ríos que cuestionó las retenciones del impuesto sobre su haber previsional. En marzo de 2019, la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió el caso y declaró la inconstitucionalidad de la aplicación del tributo en esa situación particular.

A partir de esa sentencia, el fallo comenzó a ser citado en numerosos reclamos promovidos por jubilados y pensionados. Según explica Mariela Dobias, del estudio jurídico Dobias & Pisani, a García, quien al momento de iniciar su reclamo tenía 79 años y problemas de salud acreditados en el expediente, “le retenían entre el 29 y el 32 por ciento de su haber”.

Tras la presentación ante la Justicia, “la Corte entendió que ese descuento era inconstitucional porque la jubilación no es una ganancia en el sentido que le da la ley, sino el resultado de aportes hechos durante toda una vida de trabajo, y ordenó devolverle lo cobrado de más”.

La decisión de la Corte Suprema no cambió el régimen del impuesto a las Ganancias ni produjo efectos automáticos para todos los jubilados y pensionados.

Al tratarse de una sentencia dictada en un caso concreto, quienes consideran que se encuentran en una situación similar deben impulsar un reclamo judicial para que su situación sea tenida en cuenta por la Justicia.

Como explica Dobias, “ese fallo se convirtió en la base sobre la que se apoyaron después cientos de reclamos individuales en todo el país”.

“Estos juicios se tramitan en la Justicia Federal. Por eso el fenómeno no quedó circunscripto a Buenos Aires: hay sentencias favorables en distintos puntos del país, y cada jubilado puede iniciar su reclamo en el juzgado federal que le corresponde según su domicilio”, aclaró.

El grupo de jubilados para el que el fallo puede ser clave

El antecedente fijado por la Corte Suprema en el fallo “García” es importante para jubilados y pensionados que continúan alcanzados por el impuesto a las Ganancias.

Si bien son una porción reducida del total de beneficiarios del sistema previsional, son muchas las personas que tributan sobre sus haberes.

Dobias explica que “con la actualización de agosto, el piso a partir del cual un jubilado o pensionado queda alcanzado por el impuesto a las ronda los $ 3.358.207 mensuales, equivalentes a ocho haberes mínimos. Quedan afuera de esa exigencia, en general, quienes cobran por debajo de ese monto y no tienen otros ingresos relevantes fuera del sistema previsional”.

La especialista afirma que estos jubilados y pensionados “rondan las 180 mil personas en todo el país. No es un universo azaroso”.

“Se trata, sobre todo, de jubilados y retirados de las Fuerzas Armadas, las Fuerzas de Seguridad, el Poder Judicial, el Servicio Exterior de la Nación y la Docencia, es decir, de quienes provienen de cajas o regímenes especiales donde los aportes durante la vida activa fueron más altos y donde, en consecuencia, también lo es el haber final”, aclara.

“Son colectivos con una larga carrera de aportes a cuestas, muchas veces con décadas de servicio, y que hoy siguen tributando sobre un ingreso que ya no es salario sino jubilación”, reconoce la letrada.

“Aunque no representan a la mayoría de los jubilados del país, sí son un grupo numeroso y con un reclamo especialmente sólido, porque su caso es exactamente el que la Corte tuvo en mente al fijar el criterio de ‘García’”, completó.