La Corte Suprema de Justicia desestimó este jueves un recurso de la defensa de Julio De Vido y dejó firme el fallo que confirma la condena a cuatro años de prisión contra el exministro de Planificación por administración fraudulenta en la causa por la tragedia de Once. Con esta resolución, el máximo tribunal ratificó su decisión del 11 de noviembre y descartó anular la sentencia, tal como había pedido la defensa.

Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron “por inadmisible” el recurso de reposición o revocatoria in extremis presentado por los abogados Maximiliano Rusconi y Gabriel Palmeiro, quienes alegaban un “marcado error” del fallo y sostenían que la acción penal ya estaba prescripta.

La Corte recordó que sus decisiones no pueden ser revisadas por vías de reconsideración o nulidad, salvo ante situaciones “serias e inequívocas” que evidencien un error manifiesto, criterio que —según afirmó— no se verificó en este caso.

“Reiterada y conocida jurisprudencia de esta Corte tiene establecido que sus sentencias no son susceptibles de ser revisadas por vía de recurso de reconsideración, revocatoria o nulidad, excepto en el supuesto de situaciones serias e inequívocas que demuestren con claridad manifiesta el error que se pretende subsanar, situación que no se configura en autos”, alegaron los jueces Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti.

El planteo de la defensa surgió después de que el Tribunal Oral Federal 4 ordenara la detención del exfuncionario tras quedar firme la condena. De Vido fue considerado partícipe necesario en la administración fraudulenta que derivó en el deterioro del servicio ferroviario de la línea Sarmiento, cuyo estado fue determinante en el choque ocurrido el 22 de febrero de 2012 en la estación Once, que causó 51 muertos.

La responsabilidad penal del exministro quedó delimitada en 2018, cuando el Tribunal Oral Federal 4 lo sentenció a cinco años y ocho meses de prisión e inhabilitación perpetua por no controlar el destino de los fondos públicos asignados a TBA, pese a las alertas públicas sobre el mal funcionamiento del sistema.

En esa instancia, De Vido fue absuelto del delito de estrago culposo. Según el fallo de ese tribunal, existía una “cadena de responsables” más cercana a la operatoria del servicio que el propio De Vido, aunque Planificación incumplió su deber de fiscalización.

La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena, pero la defensa llevó el caso a la Corte. Primero, el máximo tribunal dejó firme la absolución por estrago. Luego, en agosto de 2024, ratificó la responsabilidad del exfuncionario por fraude, aunque ordenó revisar el monto de la pena, al considerar injustificado que fuera superior a la impuesta a imputados condenados también por las 51 muertes.

La causa volvió entonces a Casación, que redujo la condena a cuatro años de prisión. Tanto la defensa como el Ministerio Público Fiscal apelaron: los abogados pedían un recorte mayor y los fiscales cuestionaban que la nueva pena fuese más baja que la de Ricardo Jaime. El 11 de noviembre, la Corte rechazó ambas presentaciones y consolidó la condena.

Con el fallo de este jueves, el tribunal desactivó el último intento de los defensores de De Vido, que buscaban declarar la prescripción de la causa. La sentencia queda completamente firme y la vía recursiva, agotada.