

El Gobierno nacional actualizó el mecanismo de ajustes estacionales del precio de gas que se trasladarán a las tarifas que pagan los usuarios. La medida quedó oficializada con la resolución 60, publicada este miércoles en el Boletín Oficial.
La norma que aplica el Ministerio de Economía, que encabeza Luis Caputo y que tiene bajo su órbita a la Secretaría de Energía, reestablece el sistema de ajustes para los períodos invernal y estival.
En sus considerandos, el Ejecutivo argumentó que la decisión busca que la “estacionalidad regulatoria deje de responder a variaciones estacionales del precio del gas” para que “tome en consideración el comportamiento estacional de la demanda”.
Asimismo, la norma se apoya en la Ley 24.076, que establece que el precio de venta del gas por parte de los distribuidores a los consumidores debe incluir los costos de su adquisición. Al mismo tiempo, la reglamentación de esa ley señala que las variaciones del precio de adquisición del gas serán trasladados a la tarifa final al usuario, sin generar “beneficios ni pérdidas al distribuidor ni al transportista bajo el mecanismo, en los plazos y con la periodicidad que se establezca en la correspondiente habilitación”.

Tarifas de gas: cómo queda el esquema de ajustes en los precios para el invierno
Con la nueva resolución, las distribuidoras volverán a aplicar un ajuste según dos períodos estacionales. Son los siguientes:
- Período invernal: del 1 de mayo al 30 de septiembre
- Período estival: del 1 de octubre al 30 de abril
Este esquema reemplaza así al Numeral 9.4.2.3 de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución, aprobadas originalmente por el Decreto 2.255/1992, que regula el funcionamiento del servicio público de distribución de gas por redes.
El modelo había sido modificado en 2018, cuando los precios empezaron a actualizarse según cuadros tarifarios semestrales. De acuerdo con Energía, ese criterio “perdió relevancia en el contexto actual" a raíz de la implementación del Precio Anual Uniforme (PAU), que implica que el precio base del gas reconocido en la tarifa se establece como un promedio anual".
De esta forma, explicaron que “la estacionalidad regulatoria deja de responder a variaciones estacionales del precio del gas y pasa a reflejar principalmente la dinámica de la demanda del sistema gasífero, la cual presenta incrementos significativos a partir del mes de mayo”.
La resolución indica que las distribuidoras deberán aceptar la modificación del esquema de ajustes. Además, la aceptación se considera tácita cuando las empresas realicen su primera presentación ante el ente regulador para el traslado del precio del gas a los cuadros tarifarios, conforme con la periodicidad establecida en la presente medida.
















