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Atención jubilados: ya no pagarán uno de los impuestos más importantes

Los adultos mayores que tengan las condiciones establecidas podrán tramitar la exención del impuesto ABL, ¿cuáles son los requisitos establecidos?

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El gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) establece que los jubilados y pensionados podrán tener el beneficio de dejar de pagar un impuesto clave. 

Esta medida de exención tiene el objetivo de poder contribuir al alivio fiscal de los adultos mayores que cumplan con los requisitos establecidos por las autoridades.

Impuesto: ¿cuáles son los requisitos para dejar de pagar el ABL?

Los jubilados y pensionados que quieran dejar de pagar el impuesto de Alumbrado, Barrido y Limpieza (ABL), deberán contar con los siguientes requisitos:

  • Deben ser propietarios, condóminos, o beneficiarios del derecho de uso de un único bien inmueble destinado a vivienda propia
  • Deben ocupar efectivamente el inmueble
  • No deben ser titulares de otros inmuebles dentro del territorio nacional
  • Deben cobrar un haber igual o menor al doble del salario mínimo, vital y móvil o a dos veces y media de la jubilación mínima, lo que resulte mayor
  • En relación al inmueble, la valuación no debe exceder el importe que establezca la Ley Tarifaria para el año a partir del cual se solicita la exención
La medida busca brindar alivio fiscal a los adultos mayores.

Exención ABL: ¿cuáles son los documentos necesarios?

Para poder iniciar el trámite, los solicitantes deberán reunir y presentar toda la documentación obligatoria vinculada con la propiedad en su original y fotocopia. Los documentos son los siguientes:

  • Último recibo de haber jubilatorio o pensión
  • Título de la propiedad, ya sea escritura traslativa de dominio del inmueble o declaratoria de herederos cuando correspondan
  • Si es inquilino, contrato de locación vigente en el que conste la obligación de pago
  • DNI actualizado del beneficiario
  • Último comprobante de pago del impuesto
  • Formulario "Solicitud de Exención Jubilados y/o Pensionados"
  • Si es usufructuario, escritura con usufructo
Los jubilados podrán realizar la gestión por medio del sitio oficial del AGIP.

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¿Cómo es el trámite para dejar de pagar el ABL?

Los interesados en poder gestionar el trámite de exención deberán dirigirse a la web de Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) e ir a la sección de "Solicitud de Exención Jubilados y Pensionados".

Luego, deberán completar la solicitud e ingresar los datos de contacto requeridos. Los mismos son los siguientes: 

  • Adjuntar copia digital del DNI del beneficiario
  • Adjuntar una copia digital del último recibo de haber jubilatorio o en pensión
  • Número de partida inmobiliaria
  • Dígito verificador
  • Ubicación del inmueble
  • Señalar cuál es la condición ante la propiedad
  • Adjuntar copia digital de título de la propiedad
  • Adjuntar formulario solicitud de exención  
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Comentarios

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  • LN

    Luis Nonius

    Hace 10 días

    La excepcion deberia ser para todos los jubilados....¿Por que esa discriminacion?

    Responder