Vivienda

Atención inquilinos: por esta cláusula que pueden cancelar tu alquiler de inmediato

De acuerdo a la nueva normativa, los dueños podrían cancelar de inmediato el contrato de alquiler, ¿a qué se debe?

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Desde la derogación de la Ley de Alquileres mediante el DNU 70/2023 hasta ahora, el mercado inmobiliario argentino atraviesa una transformación profunda. 

Aunque el Código Civil y Comercial de la Nación (CCyC) sigue siendo la base normativa y no de los puntos más relevantes es la posibilidad de rescindir el contrato por cambio de destino.

Alquileres: ¿qué se entiende por "cambio de destino"?

Se entiende al destino del inmueble como el uso específico pactado por las partes al momento de firmar el contrato: vivienda, local comercial, oficina, depósito, entre otros. Alterar ese uso sin consentimiento del locador constituye un incumplimiento contractual.

Por ejemplo:

  • Usar una vivienda como consultorio médico.

  • Transformar un local comercial en depósito.

  • Subalquilar habitaciones para turismo sin autorización.

¿Cuándo puede el propietario finalizar un contrato de alquiler?

El dueño puede dar por terminado el contrato antes de su vencimiento si se verifica alguna de las siguientes causas, según el artículo 1219 del CCyC:

  • Falta de pago de dos períodos consecutivos.

  • Falta de conservación o abandono del bien.

  • Incumplimiento contractual según lo previsto en el acuerdo firmado.

  • Cambio de destino o uso irregular del inmueble.  

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¿Cuándo puede el inquilino rescindir el contrato?

El inquilino puede finalizar el contrato de alquiler de forma anticipada en los siguientes casos:

  • Incumplimiento del locador en el mantenimiento del inmueble.

  • Existencia de vicios ocultos que impidan su uso.

  • Decisión voluntaria, sin causa, abonando una indemnización.

¿Cómo debe proceder el inquilino para rescindir el contrato?

Los inquilinos que quieran romper con el acuerdo, deberán seguir estos pasos:

  • Notificar por escrito al propietario su decisión.

  • Proponer una fecha de entrega del inmueble.

  • Liquidar deudas pendientes (alquiler, expensas, servicios).

  • Realizar una inspección conjunta para documentar el estado del inmueble.

Los dueños podrán rescindir su contrato según lo establecido por el CCYC.

¿Cómo es el proceso de desalojo por falta de pago?

Se debe tener encuentra que antes de presentar una demanda judicial, el propietario debe cumplir con los requisitos del artículo 1222 del CCyC:

  1. Intimar al inquilino por escrito, dejando constancia de envío y recepción.

  2. Indicar el monto exacto adeudado y el lugar de pago.

  3. Otorgar un plazo mínimo de 10 días corridos para regularizar la deuda.

Si el inquilino no paga dentro del plazo, el contrato se considera resuelto y puede iniciarse el proceso de desalojo. Si paga, la acción se detiene automáticamente.

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