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Tras su reglamentación la semana pasada, el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RILF) ya comenzó a aplicarse oficialmente. En este sentido, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) difundió una guía con precisiones sobre los pasos que deben seguir los empleadores para informar los nuevos vínculos laborales bajo este sistema.

La novedad se reglamentó el pasado lunes a través del decreto 315/2026 firmado por Javier Milei, el cual oficializó los detalles del régimen que otorga una reducción significativa en las contribuciones patronales a quienes contraten nuevos empleados, los cuales deben cumplir con ciertos criterios. Su objetivo es promover el empleo registrado a nivel nacional.

El beneficio regirá durante los primeros 48 meses desde el alta de cada relación laboral, inclusive, e implica una fuerte reducción de las contribuciones patronales por cuatro años.

Tras esto, ARCA publicó la Guía 56 del Libro de Sueldos Digital (LSD), donde fijó definiciones clave para acceder al régimen y detalló el procedimiento de registración específico y obligatorio para empleadores.

Paso a paso, cómo acceder al RIFL

El primer paso consiste en dar de alta a los nuevos trabajadores a través del servicio “Simplificación Registral”, donde se debe utilizar indefectiblemente el código de modalidad de contratación 710.

Este paso es crucial para que el sistema reconozca que la relación laboral —iniciada entre el 1 de mayo de 2026 y el 30 de abril de 2027— es apta para la reducción de alícuotas en las contribuciones patronales.

Incluso, aquellas altas registradas desde el inicio de mayo de 2026 que no contaban con este código pueden ser rectificadas para encuadrarse en el beneficio.

Hay que recordar que el sistema de ARCA aplicará automáticamente las siguientes alícuotas:

  • una alícuota total del 2% para las contribuciones destinadas al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), al Fondo Nacional de Empleo y al Régimen de Asignaciones Familiares.
  • un 3% para el INSSJP

Por su parte, la guía señala que quedan excluidas de esta reducción las alícuotas adicionales correspondientes a regímenes previsionales diferenciales y/o especiales de la seguridad social.

Formalización Laboral: quiénes pueden acceder y en qué período

El beneficio aplicará a nuevas relaciones laborales iniciadas entre el 1° de mayo de 2026 y el 30 de abril de 2027, siempre que los trabajadores cumplan con perfiles específicos de vulnerabilidad laboral o baja actividad previa.

En particular, los trabajadores elegibles deben cumplir con alguno de los siguientes requisitos:

  • No haber tenido una relación laboral registrada al 10 de diciembre de 2025.
  • Haber estado desempleado en los seis meses previos al alta.
  • Estar inscripto en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo), sin relación de dependencia privada registrada en los seis meses previos. 
  • Que su último empleo haya sido en el sector público (nacional, provincial, municipal o CABA).

Punto por punto para liquidar bajo el RIFL

En lo que respecta a la liquidación mensual de cargas sociales, el proceso se centraliza en el sistema “Declaración en línea” mediante el tradicional Formulario 931.

Para operativizar el incentivo, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) lanzó el release 7 de la versión 47 de dicho aplicativo. Esta herramienta tecnológica permite que, una vez informado el trabajador bajo el código 710, el sistema aplique las alícuotas reducidas de forma automática, lo que simplifica la determinación nominativa de los aportes y contribuciones.

Finalmente, es importante destacar que la obligación de utilizar esta versión específica del sistema rige para todas las declaraciones juradas del período devengado mayo de 2026 en adelante.

El incumplimiento de estos procedimientos o la falta de información correcta en la declaración jurada puede derivar en el decaimiento del beneficio, obligando al empleador a rectificar sus presentaciones y abonar las diferencias correspondientes con intereses y multas