

La Suprema Corte de Justicia de la Nación de México (SCJN) dio un paso clave en un reclamo que lleva años acumulando expectativa entre jubilados. La decisión no implica todavía un pago inmediato, pero sí abre la puerta a una resolución definitiva que podría impactar en miles de beneficiarios.
El avance judicial adquiere especial relevancia para ciudadanos mexicanos que residen en Estados Unidos, ya que muchos de ellos continúan vinculados al sistema previsional del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y podrían verse alcanzados por un eventual fallo favorable.
El máximo tribunal intervino directamente en el conflicto al tomar control de los casos más relevantes, con el objetivo de unificar criterios y definir si corresponde o no la devolución de determinados fondos acumulados durante la vida laboral.
¿Qué decidió la Corte Suprema y por qué puede derivar en un pago único?
El Pleno de la SCJN resolvió ejercer la Facultad de Atracción 677/2025, una herramienta que le permite tomar casos que presentan interpretaciones contradictorias en tribunales inferiores. La decisión fue aprobada por mayoría de siete votos.
El eje del conflicto está en los recursos acumulados en las cuentas individuales bajo los conceptos de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, correspondientes a regímenes anteriores del IMSS. Hasta ahora, no existía una postura uniforme sobre si esos fondos debían devolverse a los jubilados.
Al intervenir, la Corte busca emitir una única interpretación que será obligatoria para todo el país. Esto podría traducirse, en caso de un fallo favorable, en la habilitación de un pago único para quienes cumplan con las condiciones establecidas.
Para los mexicanos que viven en Estados Unidos, el punto central es que el lugar de residencia no anula automáticamente los derechos adquiridos en México, siempre que se trate de aportes realizados bajo el sistema correspondiente.

¿Qué significa la Facultad de Atracción 677/2025 para los jubilados?
La decisión de atraer estos casos implica que la Corte analizará directamente expedientes clave, como los Amparos Directos 470/2024 y 835/2024, que reflejan el conflicto legal de fondo.
El interrogante que deberá resolver el tribunal es concreto: si los jubilados del IMSS bajo ciertos regímenes tienen derecho a recuperar los fondos acumulados en sus cuentas individuales.
Este paso no ordena todavía el pago, pero sí garantiza que habrá una definición clara y unificada. En términos prácticos, elimina la incertidumbre generada por fallos contradictorios en distintas jurisdicciones.
Además, al tratarse de un tema previsional, la resolución tendrá impacto directo en la seguridad jurídica de los trabajadores retirados, incluyendo aquellos que emigraron a Estados Unidos tras su etapa laboral en México.

¿Quiénes podrían cobrar este dinero y qué falta para que se haga efectivo?
El eventual beneficio alcanzaría a jubilados del IMSS que hayan cotizado bajo esquemas anteriores y que mantengan fondos en sus cuentas individuales vinculados a cesantía y vejez.
Entre los posibles alcanzados se incluyen:
- Trabajadores que se retiraron bajo regímenes previos a reformas del sistema
- Personas con ahorros acumulados que no fueron integrados al cálculo final de su pensión
- Mexicanos que actualmente residen en Estados Unidos pero realizaron aportes en México
Sin embargo, el pago todavía no es automático. La Corte debe emitir una sentencia de fondo que confirme el derecho a la devolución.
Si el fallo final resulta favorable, se establecerá jurisprudencia obligatoria y el IMSS quedará legalmente obligado a implementar el mecanismo de devolución, lo que podría traducirse en un pago único acreditado en la cuenta del beneficiario.













