

En Estados Unidos, el Gobierno federal puede ordenar que un empleador retenga hasta el 15% del salario disponible de un empleado para cobrar una deuda federal no tributaria en mora, sin obtener primero una orden judicial. Este procedimiento, conocido como Administrative Wage Garnishment (AWG), puede utilizarse para recuperar determinadas deudas elegibles, entre ellas las que gestiona la Administración de Pequeñas Empresas (SBA).
En el caso de la SBA, la medida puede alcanzar a personas que adeudan préstamos elegibles de la agencia y no cumplen con sus obligaciones de pago. Sin embargo, no todos los préstamos impagos quedan automáticamente sujetos a embargo, ya que la deuda debe cumplir los requisitos del procedimiento administrativo.
Antes de que comience la retención, la persona debe recibir una notificación escrita con información sobre la deuda y sus derechos. Entre las opciones disponibles están cuestionar el monto reclamado, solicitar una audiencia o buscar un acuerdo de pago aceptable para la agencia, aunque solicitar una audiencia no garantiza que se anule la deuda ni que se suspenda el cobro en todos los casos.
Qué deuda federal puede provocar un embargo de hasta el 15% del salario sin orden judicial
El embargo administrativo puede utilizarse para cobrar una deuda federal no tributaria en mora, como una deuda elegible vinculada a un préstamo de la SBA. La agencia puede ordenar al empleador que retenga parte del salario disponible para destinarlo al pago de lo adeudado, sin tener que obtener previamente una orden judicial. Cabe destacar que la facultad está contemplada en la legislación federal y en las normas que regulan el cobro de estas deudas.
El límite general es de hasta 15% del salario disponible, que no equivale necesariamente al sueldo bruto, y para calcularlo, se consideran los ingresos después de determinadas deducciones como los impuestos, las primas del seguro médico y ciertos aportes obligatorios para la jubilación. En este sentido, la agencia debe enviar una notificación escrita al menos 30 días antes de iniciar el procedimiento indicando la naturaleza y el monto de la deuda, informar que se pretende cobrarla mediante retenciones salariales y explicar los derechos de la persona afectada.

Cómo solicitar una audiencia para cuestionar el embargo del salario
Quienes reciban una notificación pueden solicitar una audiencia por escrito si consideran que no deben la deuda, discrepan del monto reclamado o cuestionan las condiciones de pago propuestas por motivos de dificultad económica.
Si el procedimiento lo gestiona el Departamento del Tesoro o una agencia de cobro que actúa en su nombre, la persona debe seguir las instrucciones de la notificación recibida. Para que la audiencia se realice antes de que se envíe la orden de retención al empleador, la solicitud debe presentarse dentro de los 15 días hábiles posteriores al envío del aviso. Caso contrario, todavía puede celebrarse una audiencia, pero el proceso de embargo podría avanzar mientras se tramita.
Qué formulario de la SBA permite solicitar una audiencia para cuestionar la deuda
Cuando la propia SBA inicia el procedimiento mediante su Centro Nacional de Resolución de Préstamos por Desastres, dispone de un formulario específico llamado AWG Hearing Request Form. Dicho documento permite solicitar una audiencia para cuestionar la existencia o el monto de la deuda, o las condiciones de pago en los casos admitidos. Sin embargo, la SBA aclara que su formulario no debe utilizarse para préstamos cuyo cobro está gestionado por el Tesoro, ya que en esos casos se deben seguir las instrucciones de la notificación correspondiente.
Solicitar una audiencia no garantiza que se elimine la deuda ni que se detenga definitivamente la retención salarial. La decisión dependerá de los argumentos, la documentación presentada y las reglas aplicables al caso.












